ASUNTO : VP02-S-2011-000855
RESOLUCION: 748-11

Vista la solicitud presentada por la ciudadana Abog. TATIANA DE LOS ANGELES RINCON, en su carácter de Fiscala (a) Sexta del Ministerio Público, de fecha 31-03-11, por ante el Departamento de Alguacilazgo y recibida por el Tribunal en esta misma fecha mediante el cual solicita a éste Juzgado Primero de Control, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley Especial de Violencia y 250 de la Ley Procesal Penal, le sea concedida PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS para continuar con la investigación signada con el No. C24-F6-332-11, instruida en contra del ciudadano BREINER ARTURO MACHADO CORDERO, titular de la cedula de identidad N° V.- 18.713.590 de nacionalidad venezolano, fecha de nacimiento 13/12/1981 de estado civil soltero, de profesión u oficio cheff, hijo de XIOMARA MACHADO Y PARRA DOUGLAS con residencia Barrio La Pastora, Avenida Principal, frente a la Tostada Machúcalo con Sabor, Maracaibo del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43, inconcordancia con el artículo 65, ordinales 3 y 4 todos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de BRIDIS DEL CARMEN PALMERA SUAREZ, en virtud de que la representación Fiscal manifiesta que se encuentra en espera de las resultas de las siguientes diligencias solicitadas al organismo investigador, 1.- practica de experticia de Reconocimiento y Barrido de investigaciones, a fin de determinar la presencia de alguna sustancia seminal o de sangre a las siguientes evidencias que fueron incautadas. En consecuencia, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres, decide como punto previo hacer mención que la competencia de éste Juzgado se refiere a los en los delitos establecidos en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y por ser ésta Ley Orgánica, priva su procedimiento ante el establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, por lo ACUERDA otorgar la prorroga que se encuentra establecida en el artículo 79 de la referida Ley Orgánica, a la ciudadana Abog. TATIANA DE LOS ANGELES RINCON en su carácter de Fiscala (a) Sexta del Ministerio Público, la PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único de articulo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para la presentación del acto conclusivo correspondiente, en virtud de existir diligencias por practicar. Se ordena Notificar a la Fiscala Sexta del Ministerio Público, así como al imputado de autos y su defensa de lo anteriormente acordado; comisionándose al Departamento de Alguacilazgo para la práctica de la referida boleta. CUMPLASE.-
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL,

ABOG. JOEL DARIO ALTUVE PATIÑO

LA SECRETARIA,

ABOG. DORIS MORA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se acuerda librar boleta de notificación a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, a los fines de informarle la prorroga concedida.

LA SECRETARIA,
ABOG. DORIS MORA