REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, dieciocho (18) de marzo de dos mil once (2.011)
Años: 200º y 151º
ACTA DE AUDIENCIA
IDENTIFIACCIÓN DE LAS PARTES:
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2011-000088
PARTE ACTORA: RAFAEL JOSE VICENT MUJICA. NO COMPARECIÓ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIÓ
PARTE DEMANDADA: SINTEL PROTECCION, C.A. NO COMPARECIÓ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO COMPARECIÓ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, dieciocho (18) de marzo de dos mil once (2.011), siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, de la causa distinguida bajo el N° OP02-L-2011-000088, se constituye el Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ, con la asistencia de la secretaria Abogada ZAIDA CAMEJO. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas del Tribunal, se constata la comparecencia de la Abg. Chames Nakad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.856, en su carácter de Procuradora Especial de Trabajadores del Estado Nueva Esparta. Asimismo, el Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, así como, la incomparecencia de la parte demandada, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
LA JUEZ
Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.
PROCURADORA ESPECIAL DE TRABAJADORES
LA SECRETARIA.
Abg. ZAIDA CAMEJO
ESV/jrm.-
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