REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, treinta de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO : VP01-L-2010-000560
ACTA
En horas de despacho del día de hoy, Miércoles Treinta (30) de Marzo de 2011, siendo las Nueve de la mañana (09:00 am), día y hora fijados por este Tribunal, para llevar a efecto la Audiencia de Juicio Oral y Pública en el presente procedimiento, que por CESTA TICKETS sigue el ciudadano JOBADAD RINCON, en contra de la sociedad mercantil CENTRO DE COPIADO Y SERVICIOS, C.A. (COPYSERV, C.A.) y solidariamente a la UNIVERSIDAD DR. JOSE GREGORIO HERNANDEZ (la cual han sido suficientemente identificada en las actas procesales que conforman el presente expediente). En este estado, la ciudadana Juez que preside este Tribunal declara abierta la Audiencia de Juicio, solicitando a la Secretaria que verificase la asistencia y la identidad de las partes, así como el motivo de la presente causa, haciendo la advertencia de Ley, sobre el orden y las facultades disciplinarias del juez en la audiencia, por lo que la misma dejó constancia de la incomparecencia a dicho acto de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Así mismo, se deja constancia que hizo acto de presencia la demandada sociedad mercantil CENTRO DE COPIADO Y SERVICIOS, C.A. (COPYSERV, C.A.), a través de su apoderado judicial abogado en ejercicio ARGENIS MEZA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 37.821 y la codemandada UNIVERSIDAD DR. JOSE GREGORIO HERNANDEZ, a través de su apoderada judicial abogada en ejercicio DIAMARIS FARIA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 88.433. El Tribunal deja expresa constancia que la presente audiencia de juicio será reproducida en forma Audiovisual. En este mismo estado, vista la incomparecencia de la parte demandante, la Juez de este Tribunal procedió a dictar la sentencia de forma oral de conformidad con lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en los siguientes términos: ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: 1.- DESISTIDA LA ACCIÓN QUE POR por CESTA TICKETS sigue el ciudadano JOBADAD RINCON, en contra de la sociedad mercantil CENTRO DE COPIADO Y SERVICIOS, C.A. (COPYSERV, C.A.) y solidariamente en contra de la UNIVERSIDAD DR. JOSE GREGORIO HERNANDEZ. 2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 64 DE LA LEY ORGÁNICA PROCESAL DEL TRABAJO. ES TODO, TERMINO, SE LEYÓ Y CONFORMES FIRMAN.-
La Juez
Abog. Brezzy Avila
Apoderados Judiciales de las Demandadas
La Secretaria
Abog. Joselyn Urdaneta
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