REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, veinticuatro de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO : VP01-L-2010-001407
DECRETO DE EJECUCIÓN FORZOSA
PARTE ACTORA: ELIZABETH MAYOR, titular de la cédula de identidad: 9.781.886.
PARTE DEMANDADA: CONDOMINIO RESIDENCIAS TORRES DEL SALADILLO TORRE B.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Vencido como se encuentra el lapso de cumplimiento voluntario, y visto que la parte demandada CONDOMINIO RESIDENCIAS TORRES DEL SALADILLO TORRE B., hasta la fecha no ha cumplido con el acuerdo transaccional, celebrado por ante este Tribunal en fecha 21 de enero de 2011; conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, SE PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA. En consecuencia, este Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, decreta medida de embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de SIETE MIL SETECIENTOS BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 7.700,00); esta es la cantidad a embargar si la medida recayere sobre cantidades líquidas de dinero. ........