REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, quince de marzo de dos mil once
200º y 152º
ACTA DE MEDIACION
HOMOLOGACION
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-001959
PARTE ACTORA: JOSE CARRIZO, titular de la cédula de identidad: 11.863.704.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: EMIDIO RIVERA, Inpreabogado: 108.550.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil TU KIA C.A. SERVICIOS UNIVERSALES APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: RENE RUBIO, Inpreabogado: 108.155.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


Hoy, 15 de marzo de 2011, siendo las 2:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos abogados EMIDIO RIVERA, Inpreabogado: 108.550, en su condición de apoderado judicial de la parte actora ciudadano JOSE CARRIZO, titular de la cédula de identidad: 11.863.704; y por la Sociedad Mercantil TU KIA C.A. SERVICIOS UNIVERSALES, en su condición de parte demandada, su apoderado judicial abogado RENE RUBIO, Inpreabogado: 108.155; todos amplia y suficientemente identificados en actas, quienes han llegado a un acuerdo en fase de mediación, por la cantidad de SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y UNO CON 50/100 BOLÍVARES (Bs. 6.581,50); y por todos y cada uno de los conceptos reclamados en el Libelo de Demanda, que se dan por reproducidos para que formen parte integrante de la presente acta; cantidad a ser cancelada en fecha 18 de marzo de 2011; y por ante la URDD, de este Circuito Judicial Laboral, a las 9:30 a.m. Ambas partes en vista de la transacción antes referida, solicitan formalmente a la JUEZ DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO, homologue el presente arreglo. El Tribunal visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y por cuanto el acuerdo transaccional celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA LA TRANSACCION y le imparte el carácter de Cosa Juzgada, pero se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en actas el cumplimiento definitivo del acuerdo. Se deja constancia que han sido devueltas las pruebas consignadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar. Terminó, se leyó y conforme firman. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Es todo.

La Juez
El Secretario


Mgs. Judith Castro de Mendoza Abog. Melvin Navarro.


Las Partes.