REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN MARACAIBO.


PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, once de marzo de dos mil once
200º y 152º
DECRETO DE EJECUCIÓN VOLUNTARIA

N° DE EXPEDIENTE: ASUNTO : VP01-L-2010-001736
PARTE ACTORA: OSWALDO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad: 7.424.951.
PARTE DEMANDADA: Sociedades Mercantiles EXPRESOS AERONASA S.A. y EXPRESOS DEL LAGO C.A.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.

Vista la diligencia presentada por el abogado en ejercicio NOE AVILA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora; mediante la cual solicita se decrete la ejecución voluntaria; y por cuanto las Sociedades Mercantiles EXPRESOS AERONASA S.A. y EXPRESOS DEL LAGO C.A., hasta la fecha no han cumplido con el acuerdo transaccional celebrado y homologado por ante este Tribunal, en fecha 17 de febrero de 2011; este Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, DECRETA SU EJECUCIÓN. En consecuencia, la parte demandada deberá dentro de los TRES (3) DIAS HABILES, siguientes a la presente fecha, dar cumplimiento voluntario, y cancelar al ciudadano OSWALDO RODRIGUEZ, la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 25.000,00); todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.

La Juez
El Secretario
Mgs. Judith del Carmen Castro
Abog. Melvin Navarro.