ACTA
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-002741
PARTE ACTORA: DIEGO CARBAJAL RODRIGUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSE VASQUEZ COLMENARES, MIREYA ORTIZ
PARTE DEMANDADA: AUTOMOTRIZ EL PORTU COMPAÑIA ANONIMA y MANUEL DA COSTA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Alejandro Perozo
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,3 de Marzo de 2011, siendo las 3:26 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos DIEGO CARBAJAL RODRIGUEZ, AUTOMOTRIZ EL PORTU COMPAÑIA ANONIMA y MANUEL DA COSTA en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de nueve mil bolívares fuertes (Bs.F. 9.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar, los cuales le serán entregados al ciudadano extrabajador el día lunes 2 de Mayo de 2011 a las 11:00 a.m. por ante el tribunal. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente.. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.
El Juez
El Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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