ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-002727
PARTE ACTORA: EDITH BURRIE
APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: MARIANA AVENDAÑO y María Roques
PARTE DEMANDADA: CONDOMINIO EDIFICIO PARAISO
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Orlando González
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
En el día hábil de hoy,21 de Marzo de 2011, siendo las 2:59 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos EDITH BURRIE y el CONDOMINIO EDIFICIO PARAISO en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente asistidos por abogados o representados por apoderados judiciales , quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece la cantidad de veintidós mil Bolívares fuertes (Bs.F. 22.000,00) para satisfacer así los conceptos reclamados en el escrito libelar los cuales le son entregados a la ciudadana extrabajadora de la siguiente manera: la cantidad de once mil Bolívares fuertes (Bs.F. 11.000,00) en este acto a través de cheque girado en contra de la Institución Financiera B.O.D. Banco Occidental de Descuento. por el mismo monto ofrecido y aceptado, del cual se deja copia simple para ser agregado al expediente y la cantidad de once mil bolívares fuertes (Bs.F. 11.000,00) para el día viernes 29 de Abril de 2011 por ante el tribunal a las 11:00a.m. En este estado la parte actora aceptó lo ofrecido libre de presión y con la asistencia legal correspondiente. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia de la devolución de las pruebas aportadas al proceso a las partes.
El Juez
La Secretaria
Abg. Frank Guanipa
Los Presentes
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