REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (14) de Marzo de Dos Mil Once (2011)

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-000288
PARTE ACTORA: JOHAN ALBERTO GONZALEZ GONZALEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: CHRISTIAN ARMANDO KUHN
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE Y REPUESTOS BARRIOS, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA:
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 14 de Marzo de 2011, siendo las 9:30 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos JOHAN ALBERTO GONZALEZ GONZALEZ asistido en este acto por el abogado CHRISTIAN ARMANDO KUHN y TRANSPORTE Y REPUESTOS BARRIOS, C.A. empresa esta representada por la ciudadana ROSEMARY BARRIOS VERGEL actuando en su condición de Presidenta de la demandada asistida en este acto por el abogado EVANAN BERMUDEZ quien consigno copia simple del documento constitutivo estatutario de la empresa el cual se agrega a las actas que conforman el presente asunto , quienes han llegado al siguiente acuerdo, la demandada ofrece cancelar en este acto la cantidad de Doce mil quinientos bolívares (Bs 12.500,00) en dinero en efectivo, el trabajador manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se da por terminado el presente asunto y se ordena el archivo definitivo del presente asunto.

El Juez

El Secretario

Abog. Alexis Figueroa





Los Presentes