REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO

Maracaibo, diez de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO : VP01-R-2011-000076
ACTA

Se abrió la sesión presidida por el ciudadano Juez MIGUEL A. URIBE HENRÍQUEZ, con la asistencia de la Secretaria Lisseth Pérez y el Alguacil Ronald Muñoz.

Constituido el Juzgado en la Sala de Audiencias de la Coordinación Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, siendo las nueve de la mañana (09:00 am), hora fijada a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación ejercido por la parte demandada, contra la decisión de fecha 07 de febrero de 2011, dictada por el Tribunal Octavo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, en el juicio que sigue el ciudadano RODOLFO GUILLERMO GARCÍA URQUIOLA, frente a la sociedad mercantil KAVOK AIRLINES, C.A.

Se deja constancia de la asistencia a este acto del ciudadano Rodolfo García, representado judicialmente por el abogado Germán Villalobos, asimismo, se deja constancia de la comparecencia de las abogadas Rossana Martínez y Francesca Di Cola, en representación de la parte demandada recurrente.

Seguidamente, se le otorga el derecho de palabra a la parte demandada recurrente a través de su apoderada judicial, quien expuso los motivos de su apelación. Posteriormente, se le concedió el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandante quien expuso los motivos por los cuales debía ser confirmado el fallo. Finalmente, se tomó la declaración del ciudadano Rodolfo García en su condición de parte actora.

Concluidas las exposiciones el Juez, dada la complejidad del caso, y haciendo uso de la potestad que le confiere el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a diferir la oportunidad para dictar el dispositivo del fallo para el 5to día hábil siguiente al de hoy a las doce meridiano (12:00 m). Quedan notificadas las partes. Se retira el Juez.-

El Juez,


Miguel A. URIBE HENRÍQUEZ


EL ACTOR


LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE,


LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA RECURRENTE,


La Secretaria


LISSETH PÉREZ