REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO

Maracaibo, uno de marzo de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO: VP01-R-2011-000010

Por recibida en el día de hoy, la anterior diligencia de esta misma fecha, presentadas por los abogados RAFAEL SUAREZ e INGRID RIVERA, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandante y demanda, respectivamente, mediante la cual suspenden de mutuo acuerdo la presente causa, desde el día de hoy primero (01) de marzo hasta día ocho (08) de marzo del año en curso, ambas fechas inclusives, este Tribunal acuerda dicha suspensión por el lapso antes mencionado, en el entendido que el dictamen del dispositivo del fallo fijado para el día de hoy, se llevara afecto al día hábil siguiente al vencimiento del lapso de suspensión de la causa a las 12:00m. Así se establece.-


MIGUEL URIBE HENRÍQUEZ

JUEZ SUPERIOR


MARINES CEDEÑO GOMEZ

SECRETARIA

En la misma fecha se agrego.-


MARINES CEDEÑO GOMEZ

SECRETARIA