JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN ZULIANA
Maracaibo, 10 de junio de 2011
201° - 152°
Exp. N° 805-07
(Pieza de Medidas)
En el presente Cobro de Créditos Fiscales (Juicio Ejecutivo) interpuesto por la República Bolivariana de Venezuela en contra de la contribuyente CONSTRUCCIONES GODOY, C.A.; en fecha 17 de marzo de 2010 este Tribunal declaró consumada la perención, y en consecuencia extinguida la instancia, en la solicitud de medidas decretadas en el mencionado juicio ejecutivo; ordenándose notificar.
En la misma fecha (17/03/2010) se libró notificación dirigida a la Procuradora General de la República en la persona de cualquiera de sus apoderados judiciales sustitutos constituidos en actas. El 24 de marzo de 2010 el Alguacil de este Tribunal consignó la mencionada boleta de notificación, recibida y firmada por la abogada Omayra Sanki, portadora de la cédula de identidad No. 8.506.348, en su carácter de apoderada judicial sustituta de la República Bolivariana de Venezuela.
En razón de lo anterior, se considera que la notificación ordenada en dicha sentencia fue efectivamente cumplida; y observa este Tribunal con vista del Libro de Diario y del Calendario Judicial que los lapsos para apelar a que se contrae el artículo 278 del Código Orgánico Tributario y el lapso que establece el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, se vencieron el 26 de abril de 2010.
En razón de lo anteriormente expuesto, en virtud de haber transcurrido el lapso y observándose la inactividad de la parte en recurrir de la misma, este Tribunal declara firme la sentencia dictada en fecha 17 de marzo de 2010, la pone en estado de ejecución y por cuanto no hay más actuaciones que cumplir, este Tribunal da por terminada la presente causa y ordena el ARCHIVO del expediente. CUMPLASE.-
El Juez,
Dr. Rodolfo Luzardo Baptista.
La Secretaria,
Abog. Yusmila Rodríguez Romero.
Resolución No. _______ - 2011.-
RLB/mtdlr.-
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