REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA \ .
/ Maracaibo, 27 de junio de 2011
20l°y152°
Causa N° IM-223-11
Decisión No. 067-11
En el día de hoy, veintisiete (27) de junio de 2011 siendo las once (11:00 a m) de la tarde se encuentra fijado acto procesal para la realización el acto de Depuración judicial y Constitución Definitiva del Tribunal con Escabinos, en la presente causa, signada con el Numero IM-223-11, seguida en contra del acusado: SAMUEL DAVID VALERA FLORES, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el articulo 80 ejusdem, del Código Penal Venezolano en perjuicio de la ciudadanas:
NATAHALY DE LOS ANGELES ROSALES VILLASMIL y BETZABETH ALEXANDRA LINARES ESTRADA. A tales efectos se constituyó este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la Sala del Despacho habilitada para tal fin, ubicada en el 3° piso de la sede del Poder Judicial, presidido por el Juez ABG. LEANDRO JOSE LABRADOR BALLESTERO, en compañía de la Secretaria, ABG. MILANGELA SALOM PERQZO. De seguida, se dio inicio al referido acto, por lo que la ciudadana secretaria verificó la presencia de las partes conforme a lo solicitado por el Juez de Juicio, observándose la asistencia de la Fiscal 46 del Ministerio Publico la ABG. LIDUVIS GONZALEZ, el acusado SAMUEL DAVID VALERA FLORES quien se encuentra en Libertad, el Defensor Privado ABG. MIRLEN HERNADEZ. Se deja constancia que la secretaria se comunico vía telefónica con la Oficina de participación ciudadana indicando que se no encuentran presentes escabinos. Seguidamente se le concede la palabra al Acusado SAMUEL DAVID VALERA FLORES, solicito al Tribunal que se constituya en Unipersonal, ya que los escabinos no vienen, y así para poder comenzar el Juicio, es todo.- Seguidamente se le concede la palabra al Defensor Privado ABG. MIRLEN HERNADEZ, quien expuso: Vista la exposición realizada por mi defendido, igualmente le solicito al Tribunal se constituya en unipersonal por cuando en las dos convocatorias realizadas por este Tribunal no han acudido escabinas para que se pueda constituir el Tribunal mixto, es por lo que sqlicito se constituya en Unipersonal y poder aperturar el Juicio, es todo. Acto seguido el Juez anuncia no acudieron los escabinos seleccionados para la constitución del trilunal mixto y en virtud que esta es la tercera convocatoria hecha a las partes, lo procedente en derecho es constituir el tribunal en forma unipersonal, en virtud de lo establecido en el artículo 164° del Código Orgánico Procesal Penal, que establece: “...El día señalado se realizara la audiencia en la cual se resolverá sobre las inhibiciones, recusaciones y excusas, y se constituirá definitivamente el tribunal mixto. (...) Las resultas de las notificaciones realizadas a los ciudadanos y ciudadanas que actuaran como escabinos escabinas deberán constar oportunamente en autos.(. . .)En caso que hubiere que diferir la audiencia, esta deberá ser realizada nuevamente en un plazo que no podrá exceder de diez días continuos.(...) Realizadas efectivamente dos convocatorias, sin que se hubiere constituido el tribunal mixto por inasistencia o excusa de los escabinos o escabinas, el juez Presidente o Jueza profesional constituirá el tribunal en forma unipersonal (...) Constituido el tribunal mixto, se fijara la fecha del juicio oral y publico.” Verificado el cumplimiento de los extremos antes señalados, resulta necesario y ajustado a derecho prescindir de los Escabinos y constituir de manera Unipersonal este Tribunal a los fines de realizar el Juicio Oral y Publico en la presente causa, signada con el Numero IM-223-11, seguida en contra del acusado: SAMUEL DAVID VALERA FLORES, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el articulo 458 en concordancia con el articulo 80 ejusdem, del Código Penal Venezolano en perjuicio de la ciudadanas: NATAHALY DE LOS ANGELES ROSALES VILLASMIL Y BETZABETH ALEXANDRA LINARES ESTRADA, pues se han efectuado mas de dos (02) convocatorias para la constitución del tribunal Mixto sin que se hubiere podido constituir en el mismo como tal; y por vía de consecuencia, se acuerda fijar el JUICIO ORAL y PUBLICO, para el día LUNES (18) DE JULIO DOS MIL ONCE (2011) A LAS NUEVE Y TREINTA (09:3OPM) DE LA MAÑANA. Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera instancia en lo penal en funciones de juicio del circuito judicial penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE CONSTITUYE DE MANERA UNIPERSONAL a los fines de realizar Juicio Oral y Publico. Se ordena librar boleta de notificación a todas las partes, se ordena librar oficio para el traslado de los acusados, es todo se termino, leyó y conforme firman.
JUEZ PRIMERO DE JUICIO
ABG. LEANDRO JOSE LABRADOR BALLESTERO
EL FISCAL 46° DEL MINISTERIO PÚBLICO
LIDUVYS GONZALEZ
IMPUTADO
SAMUEL DAVID VALERA FLORES
EL DEFENSOR PRIVADO
ABG. MIRLEN HERNANDEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MILANGELA SALOM PEROZO
En la misma fecha se publicó y registró la anterior resolución bajo el N° 67-11
LA SECRETARIA,
ABG. MILANGELA SALOM PEROZO
IM-223-11.-
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