En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICO UNIVERSAL HEREDERO del de-cujus JESÚS MANUEL VARELA RAMÍREZ, quién en vida fuera venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.106.844, fallecido ab-intestato el día seis (06) de Enero del año 2011, en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, a sus hijo ciudadano ALBERTO ENRIQUE VARELA TUDARES, plenamente identificado ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
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