Sent. 028
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, 02 de JUNIO de 2011,
201 y 152º
Por cuanto consta en la presente solicitud que fuè consignado el justificativo de testigo que el Tribunal instó a consignar. Igualmente consignó escrito complementario subsanando el error material, a los fines de decidir sobre la admisión de la presente solicitud y por cuanto no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho. La ciudadana TERESA MARGARITA GARCIA DE GRATEROL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.151.755, domiciliada en esta ciudad de Maracaibo. Estado Zulia, asistida en este acto por el abogado en ejercicio y de este domicilio HEBERT HERNÀNDEZ, titular de la cédula de identidad No. 4.144.877, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 13.554 y de este domicilio, solicita se le declare a ella y a los ciudadanos CARLOS LUIS GRATEROL GARCIA, LUIS ALBERTO GRATEROL LOGREIRA y GABRIEL ANGEL GRATEROL GARCIA, titulares de las cédulas de Identidad números: 4.151.755, 4.521.020, 7.892.384 y 5.166.291, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su condición de cónyuge e hijos de GABRIL ANGEL GRATEROL FERNANDEZ, quién era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad No.1.069.865 y tenia su domicilio en esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia y falleció en esta misma ciudad de Maracaibo el día diecinueve (19) de abril de 2010. La solicitante acompaña los siguientes documentos:1) Acta de defunción; 2), justificativo de testigos, Partidas de nacimiento y 3) Copias de cédulas. Por lo tanto, con estos documentos y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme lo prevé el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal declara suficientes los derechos que tienen los ciudadanos TERESA MARGARITA GARCIA DE GRATEROL, CARLOS LUIS GRATEROL GARCIA, LUIS ALBERTO GRATEROL LOGREIRA y GABRIEL ANGEL GRATEROL GARCIA, titulares de las cédulas de Identidad números: 4.151.755, 4.521.020, 7.892.384 y 5.166.291, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante GABRIEL ANGEL GRATEROL FERNANDEZ.- ASI SE DECIDE.- Devuélvanse estas actuaciones en originales, expídanse las copias certificadas solicitadas y déjese copia certificada para formar expediente. Expídanse. Devuélvase.-
La Juez
Abog. MARÌA IDELMA GUTIÈRREZ V.
El Secretario,
Abog. BRUNO JOSE CEDEÑO GARCIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se devuelve constante de Veintiséis (26) folios útiles.-
El Secretario,
Abog. BRUNO JOSE CEDEÑO GARCIA
GS/FR/ca.-
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