En horas de despacho del día hoy viernes 10 de junio de 2011, siendo las 9:00, fecha y hora fijada por el Juzgado Quinto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, para darle cumplimiento a la comisión N° 4999-11 conferida por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 04, relacionada con el Juicio que por DIVORCIO ORDINARIO sigue JESÚS ZACARÍAS, titular de la cédula de identidad número 12.147.284 contra MARIBEL SARMIENTO, portadora de la cédula de identidad número 9.722.830, y donde este Tribunal ha sido comisionado para practicar MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO decretado por el tribunal de la causa. Seguidamente y una vez presente el tribunal en la sede de a Empresa LABORATORIOS NORVATIS, procedió a notificar a LIGIA VALBUENA, portador (a) de la Cédula de Identidad Número V-7.888.808, con el carácter de ASISTENTE DE OFICINA y quién una vez impuesto de la medida de embargo recaída en contra de JESÚS ZACARÍAS, expuso:”Me doy por notificado pero con las reservas siguientes: PRIMERO: determinar si el Ciudadano JESÚS ZACARÍAS, parte demandada, es Visitador Medico de LABORATORIOS NORVATIS.- SEGUNDO: Si existe otra medida practicada con relación a la presente.- TERCERO: determinar sobre alguna acreencia a favor de este empresa.- CUARTO: Si le han sido adelantadas Prestaciones Sociales o emolumento alguno y QUINTO: cualquier otra circunstancia que derive en relación a lo antes expuesto. Seguidamente este JUZGADO QUINTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO SOBRE: A) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) mensual del sueldo integral, horas extras, que devenga el ciudadano JESÚS ZACARÍAS, plenamente identificados, quien labora como visitador Médico de Laboratorios Norvatis, por concepto de comunidad conyugal; b) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) anual de las utilidades, bonos, bonificación especial de fin de año, vacaciones o bono vacacional, retroactivos y cualquier otro bono que perciba; c) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones sociales, antigüedad, caja de ahorros, fideicomiso y sobre cualquier otro concepto que le puedan corresponder al reclamado de autos en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que de por terminada su relación laboral.- Y ASÍ SE CONFIRMA. Este Tribunal deja constancia que las cantidades a retener, en los literales a y b, deberán ser entregadas directamente a la ciudadana MARIBEL SARMIENTO, portadora de la cédula de identidad número 9.722.830 y las cantidades retenidas en el literal “C” deberán remitirlas en Cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. Sala de Juicio-Juez Unipersonal N° 04, expediente No. 18.687.- Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ

ABOG. GUILLERMO INFANTE EL NOTIFICADO



LA SECRETARIA Temp.





4999-11.-