REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
En horas de Despacho del día de hoy, veintinueve (29) de junio del 2011, siendo las nueve y treinta minutos de la mañana, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este tribunal ejecutor, a objeto de llevar a efecto la medida comisionada por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No.1, expediente No. 18701, contentivo de Liquidación de Comunidad Conyugal incoado por la ciudadana ARGENIS DORYS QUINTERO CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 3.266.942, contra los ciudadanos MAGALY GONZALEZ DE SOTO, OMAR SOTO GOVEA, OLY SOTO GOVEA, PATRICIA SOTO GOVEA, NATALY SOTO QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, portadores de la cédula de identidad No. 10.447.171, 9.112.942, 7.894.991, 9.794.433 y 17.669.118 respectivamente y ALEJANDRA SOTO GONZALEZ, venezolana, niña y/o adolescente, portadora de la cédula de identidad No. 21.568.064 representada por la ciudadana Magali González de Soto, ya identificada, en su condición de heredera de su exconyuge JORGE ENRIQUE SOTO LUGO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 2.873.921. juicio en el cual el tribunal de la causa, a los fines de asegurar los bienes de la comunidad conyugal a favor de la ciudadana ARGENIS DORYS QUINTERO CARVAJAL, decretó medida preventiva de embargo sobre 1) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO que percibe la Sociedad Mercantil denominada LAVANDERIA AUTOMATICA RAFAEL AURA S.R.L, identificada en actas del proceso, solicitando se notifique a la ciudadana MARIDELA GOMEZ PERNALETE, en su condición de arrendataria sobre un local comercial señalado con el numero 1, Planta única del Centro Comercial Los Arcos sector II, situada frente a la calle 98 del Municipio Maracaibo Estado Zulia, el local en referencia tiene un área de CIEN METROS CUADRADOS (100MTS2) aproximadamente y consta de salón y dos salas sanitarias, sus linderos son Norte: Área de estacionamiento de los locales y calle 98 Sur: Área de estacionamiento de oficinas y terreno propiedad del Centro de Distribución Faria S.A, Este: Galería de acceso y edificación de oficinas y Oeste: Local No. 2, correspondiéndole un porcentaje del 11,11% sobre las cosas y cargas comunes. 2) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO, del local comercial señalado con el No. 1, Planta Unica, del Centro Comercial Los Arcos, sector II, situada en la calle 98 del Municipio Maracaibo Estado Zulia, el local en referencia tiene un área de CIEN METROS CUADRADOS (100MTS2) aproximadamente y consta de salón y dos salas sanitarias, sus linderos son Norte: Área de estacionamiento de los locales y calle 98 Sur: Área de estacionamiento de oficinas y terreno propiedad del Centro de Distribución Faria S.A, Este: Galería de acceso y edificación de oficinas y Oeste: Local No. 2, el cual fue arrendado por la ciudadana MAGALY MILAGRO GONZALEZ viuda de SOTO, a la ciudadana CAIDAN CHEN, mediante contrato de arrendamiento autenticado por ante la Notaria Publica Cuarta del Municipio Maracaibo en fecha 18/10/2007, anotado bajo el No. 79, Tomo 74, 3) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO, del local comercial ubicado en esta ciudad de Maracaibo Estado Zulia, en la avenida 8 (Santa Rita) No. 65-42, del Mini Centro Doña Aura, signado con el No. 3, local que mediante documento autenticado por ante la Notaria Pública Cuarta de Maracaibo, en fecha 20/11/2007, anotado bajo el No. 90, tomo 84, la ciudadana MAGALY MILAGRO GONZALEZ Vda de SOTO, arrendó a la ciudadana MARIA EUGENIA GOMEZ PERNALETE, donde se incluye todo el mobiliario, equipos y demás enseres que se encuentran en dicho local y que pertenecen a la firma unipersonal SOTO LAVANDERIA Y SECADORA AUTOMATICA, firma inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Zulia, en fecha 11-5-1987, anotada bajo el No. 49, tomo 2B. Una vez recibida la presente comisión por la oficina de Recepción y Distribución de Documentos asignando el conocimiento de la misma a este órgano ejecutor según numero de distribución TM-EM-3339-2011, de fecha 10/06/2011. Seguidamente el tribunal se constituye con sus auxiliares de justicia y en compañía de la parte actora ciudadana ARGENIS DORYS QUINTERO CARVAJAL, ya identificada, asistida en este acto por las profesionales del derecho AMERICA BORJAS Y YADIRA SOTO DE TOLEDO, inscritas en el inpreabogado No. 77.155 y 13.636, respectivamente, en la dirección que a continuación señalan: Centro Comercial Los Arcos Sector II, ubicado en la Calle 98 del Sector La Paz del Municipio Maracaibo estado Zulia. Una vez constituido el tribunal en la dirección aportada, la parte actora con la asistencia legal de autos expone: “Solicito al tribunal proceda a cumplir con lo ordenado por el tribunal de la causa en los numerales 1 y 2 del despacho comisionado, en consecuencia solicito sean notificadas de la medida de embargo decretada la ciudadana CAIDAN CHEN, y la ciudadana MARIDELA GOMEZ PERNALETE, es todo.- Acto seguido esta juzgadora se constituye en el local donde funciona un Restaurant de comida asiática llamado RESTAURANT EL FUNG C.A, el cual esta determinado en el item numero 2 del despacho comisorio y el cual detenta en calidad de arrendamiento la ciudadana CAIDAN CHEN, procediendo a notificar del traslado y constitución del tribunal ejecutor a una ciudadana que se encontraba presente en el local, quien permitió el acceso al tribunal ejecutor y que a petición de esta juzgadora se identificó como LUISA NG FANG, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 20.145.910, quien manifestó a este tribunal que era la encargada del local arrendado por ordenes de la ciudadana CAIDAN CHEN, quien no se encontraba en la ciudad para el momento de la presente ejecución.- Acto seguido este tribunal le explica el motivo de la presencia del mismo, sugiriéndole que en la presente medida podría hacerse acompañar de abogado de confianza. De inmediato la notificada de autos expone: “Nosotros tenemos arrendado este local donde funciona este restaurant de comida china, le pagamos por el alquiler MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.600.00) a la señora MAGALY DE SOTO,”.- De inmediato este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA, de la CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, EMBARGA PREVENTIVAMENTE EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL IDENTIFICADO Y DETERMINADO EN EL ITEM NUMERO 2 DEL DESPACHO COMISORIO, el cual detenta en calidad de arrendataria la ciudadana CAIDAN CHEN.- Se le hace saber a la persona notificada que el porcentaje de los canones de arrendamiento mediante esta acta embargado preventivamente debe remitirlo en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL No. 1, en el expediente signado con el No. 18.701. Este tribunal estuvo custodiado por el funcionario policial MIGUEL BERNAL, credencial 3684. La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, emolumento o tasa alguna en cumplimiento a lo establecido en la Constitución Nacional de la República de Venezuela.- Concluye el acto siendo las DIEZ DE LA MAÑANA DEL DIA DE HOY. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
Msc. ZIMARAY CARRASQUERO.
La EJECUTANTE Y SUS
ABOGADAS, la NOTIFICADA,
Funcionario policial
La secretaria,
ABG. LINDA AVILA.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
En horas de Despacho del día de hoy, veintinueve (29) de junio del 2011, siendo las DIEZ Y QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este tribunal ejecutor, continuando con la medida comisionada por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No.1, expediente No. 18701, contentivo de Liquidación de Comunidad Conyugal incoado por la ciudadana ARGENIS DORYS QUINTERO CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 3.266.942, contra los ciudadanos MAGALY GONZALEZ DE SOTO, OMAR SOTO GOVEA, OLY SOTO GOVEA, PATRICIA SOTO GOVEA, NATALY SOTO QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, portadores de la cédula de identidad No. 10.447.171, 9.112.942, 7.894.991, 9.794.433 y 17.669.118 respectivamente y ALEJANDRA SOTO GONZALEZ, venezolana, niña y/o adolescente, portadora de la cédula de identidad No. 21.568.064 representada por la ciudadana Magali González de Soto, ya identificada, en su condición de heredera de su exconyuge JORGE ENRIQUE SOTO LUGO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 2.873.921. juicio en el cual el tribunal de la causa, a los fines de asegurar los bienes de la comunidad conyugal a favor de la ciudadana ARGENIS DORYS QUINTERO CARVAJAL, decretó medida preventiva de embargo sobre 1) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO que percibe la Sociedad Mercantil denominada LAVANDERIA AUTOMATICA RAFAEL AURA S.R.L, identificada en actas del proceso, solicitando se notifique a la ciudadana MARIDELA GOMEZ PERNALETE, en su condición de arrendataria sobre un local comercial señalado con el numero 1, Planta única del Centro Comercial Los Arcos sector II, situada frente a la calle 98 del Municipio Maracaibo Estado Zulia, el local en referencia tiene un área de CIEN METROS CUADRADOS (100MTS2) aproximadamente y consta de salón y dos salas sanitarias, sus linderos son Norte: Área de estacionamiento de los locales y calle 98 Sur: Área de estacionamiento de oficinas y terreno propiedad del Centro de Distribución Faria S.A, Este: Galería de acceso y edificación de oficinas y Oeste: Local No. 2, correspondiéndole un porcentaje del 11,11% sobre las cosas y cargas comunes. 2) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO, del local comercial señalado con el No. 1, Planta Unica, del Centro Comercial Los Arcos, sector II, situada en la calle 98 del Municipio Maracaibo Estado Zulia, el local en referencia tiene un área de CIEN METROS CUADRADOS (100MTS2) aproximadamente y consta de salón y dos salas sanitarias, sus linderos son Norte: Área de estacionamiento de los locales y calle 98 Sur: Área de estacionamiento de oficinas y terreno propiedad del Centro de Distribución Faria S.A, Este: Galería de acceso y edificación de oficinas y Oeste: Local No. 2, el cual fue arrendado por la ciudadana MAGALY MILAGRO GONZALEZ viuda de SOTO, a la ciudadana CAIDAN CHEN, mediante contrato de arrendamiento autenticado por ante la Notaria Publica Cuarta del Municipio Maracaibo en fecha 18/10/2007, anotado bajo el No. 79, Tomo 74, 3) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO, del local comercial ubicado en esta ciudad de Maracaibo Estado Zulia, en la avenida 8 (Santa Rita) No. 65-42, del Mini Centro Doña Aura, signado con el No. 3, local que mediante documento autenticado por ante la Notaria Pública Cuarta de Maracaibo, en fecha 20/11/2007, anotado bajo el No. 90, tomo 84, la ciudadana MAGALY MILAGRO GONZALEZ Vda de SOTO, arrendó a la ciudadana MARIA EUGENIA GOMEZ PERNALETE, donde se incluye todo el mobiliario, equipos y demás enseres que se encuentran en dicho local y que pertenecen a la firma unipersonal SOTO LAVANDERIA Y SECADORA AUTOMATICA, firma inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Zulia, en fecha 11-5-1987, anotada bajo el No. 49, tomo 2B. Una vez recibida la presente comisión por la oficina de Recepción y Distribución de Documentos asignando el conocimiento de la misma a este órgano ejecutor según numero de distribución TM-EM-3339-2011, de fecha 10/06/2011. Seguidamente el tribunal se constituye con sus auxiliares de justicia y en compañía de la parte actora ciudadana ARGENIS DORYS QUINTERO CARVAJAL, ya identificada, asistida en este acto por las profesionales del derecho AMERICA BORJAS Y YADIRA SOTO DE TOLEDO, inscritas en el inpreabogado No. 77.155 y 13.636, respectivamente, en la dirección que a continuación señalan: Centro Comercial Los Arcos Sector II, ubicado en la Calle 98 del Sector La Paz en el local que indica el despacho comisorio en su numeral uno del Municipio Maracaibo Estado Zulia, donde funciona la LAVANDERIA AUTOMATICA RAFAEL AURA S.R.L, procediendo a notificar del traslado y constitución del tribunal ejecutor a un ciudadano que se encontraba presente en el local, quien permitió el acceso al tribunal ejecutor y que a petición de esta juzgadora se identificó como DARWIN MONTERO, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 17.543.469, quien manifestó a este tribunal que era la encargada del local arrendado por ordenes de la ciudadana MARIDELA GOMEZ PERNALETE, quien no se encuentra en el local para el momento de la presente ejecución. Acto seguido este tribunal le explica el motivo de la presencia del mismo, sugiriéndole que en la presente medida podría hacerse acompañar de abogado de confianza. De inmediato este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA, de la CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, EMBARGA PREVENTIVAMENTE EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL IDENTIFICADO Y DETERMINADO EN EL ITEM NUMERO 1 DEL DESPACHO COMISORIO, el cual detenta en calidad de arrendataria la ciudadana MARIDELA GOMEZ PERNALETE y donde funciona la sociedad mercantil LAVANDERIA AUTOMATICA RAFAEL AURA S.R.L.- Se le hace saber a la persona notificada que el porcentaje de los canones de arrendamiento mediante esta acta embargado preventivamente debe remitirlo en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL No. 1, en el expediente signado con el No. 18.701. Este tribunal estuvo custodiado por el funcionario policial MIGUEL BERNAL, credencial 3684. La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, emolumento o tasa alguna en cumplimiento a lo establecido en la Constitución Nacional de la República de Venezuela.- Concluye el acto siendo las DIEZ y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, DEL DIA DE HOY. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
Msc. ZIMARAY CARRASQUERO.
La EJECUTANTE Y SUS
ABOGADAS, la NOTIFICADA,
Funcionario policial La secretaria,
ABG. LINDA AVILA.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
En horas de Despacho del día de hoy, veintinueve (29) de junio del 2011, siendo las DOCE Y VEINTE MINUTOS DE LA TARDE, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este tribunal ejecutor, a objeto de continuar realizando la medida comisionada por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio, Juez Unipersonal No.1, expediente No. 18701, contentivo de Liquidación de Comunidad Conyugal incoado por la ciudadana ARGENIS DORYS QUINTERO CARVAJAL, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 3.266.942, contra los ciudadanos MAGALY GONZALEZ DE SOTO, OMAR SOTO GOVEA, OLY SOTO GOVEA, PATRICIA SOTO GOVEA, NATALY SOTO QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, portadores de la cédula de identidad No. 10.447.171, 9.112.942, 7.894.991, 9.794.433 y 17.669.118 respectivamente y ALEJANDRA SOTO GONZALEZ, venezolana, niña y/o adolescente, portadora de la cédula de identidad No. 21.568.064 representada por la ciudadana Magali González de Soto, ya identificada, en su condición de heredera de su ex cónyuge JORGE ENRIQUE SOTO LUGO, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 2.873.921. juicio en el cual el tribunal de la causa, a los fines de asegurar los bienes de la comunidad conyugal a favor de la ciudadana ARGENIS DORYS QUINTERO CARVAJAL, decretó medida preventiva de embargo sobre 1) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO que percibe la Sociedad Mercantil denominada LAVANDERIA AUTOMATICA RAFAEL AURA S.R.L, identificada en actas del proceso, solicitando se notifique a la ciudadana MARIDELA GOMEZ PERNALETE, en su condición de arrendataria sobre un local comercial señalado con el numero 1, Planta única del Centro Comercial Los Arcos sector II, situada frente a la calle 98 del Municipio Maracaibo Estado Zulia, el local en referencia tiene un área de CIEN METROS CUADRADOS (100MTS2) aproximadamente y consta de salón y dos salas sanitarias, sus linderos son Norte: Área de estacionamiento de los locales y calle 98 Sur: Área de estacionamiento de oficinas y terreno propiedad del Centro de Distribución Faria S.A, Este: Galería de acceso y edificación de oficinas y Oeste: Local No. 2, correspondiéndole un porcentaje del 11,11% sobre las cosas y cargas comunes. 2) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO, del local comercial señalado con el No. 1, Planta Unica, del Centro Comercial Los Arcos, sector II, situada en la calle 98 del Municipio Maracaibo Estado Zulia, el local en referencia tiene un área de CIEN METROS CUADRADOS (100MTS2) aproximadamente y consta de salón y dos salas sanitarias, sus linderos son Norte: Área de estacionamiento de los locales y calle 98 Sur: Área de estacionamiento de oficinas y terreno propiedad del Centro de Distribución Faria S.A, Este: Galería de acceso y edificación de oficinas y Oeste: Local No. 2, el cual fue arrendado por la ciudadana MAGALY MILAGRO GONZALEZ viuda de SOTO, a la ciudadana CAIDAN CHEN, mediante contrato de arrendamiento autenticado por ante la Notaria Publica Cuarta del Municipio Maracaibo en fecha 18/10/2007, anotado bajo el No. 79, Tomo 74, 3) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO, del local comercial ubicado en esta ciudad de Maracaibo Estado Zulia, en la avenida 8 (Santa Rita) No. 65-42, del Mini Centro Doña Aura, signado con el No. 3, local que mediante documento autenticado por ante la Notaria Pública Cuarta de Maracaibo, en fecha 20/11/2007, anotado bajo el No. 90, tomo 84, la ciudadana MAGALY MILAGRO GONZALEZ Vda de SOTO, arrendó a la ciudadana MARIA EUGENIA GOMEZ PERNALETE, donde se incluye todo el mobiliario, equipos y demás enseres que se encuentran en dicho local y que pertenecen a la firma unipersonal SOTO LAVANDERIA Y SECADORA AUTOMATICA, firma inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Zulia, en fecha 11-5-1987, anotada bajo el No. 49, tomo 2B. Una vez recibida la presente comisión por la oficina de Recepción y Distribución de Documentos asignando el conocimiento de la misma a este órgano ejecutor según numero de distribución TM-EM-3339-2011, de fecha 10/06/2011. Seguidamente el tribunal se constituye con sus auxiliares de justicia y en compañía de la parte actora ciudadana ARGENIS DORYS QUINTERO CARVAJAL, ya identificada, asistida en este acto por las profesionales del derecho AMERICA BORJAS Y YADIRA SOTO DE TOLEDO, inscritas en el inpreabogado No. 77.155 y 13.636, respectivamente, en la dirección que a continuación señalan: Local comercial donde funciona Soto Lavandería y Secadora Automática, ubicado en la avenida 8 (Santa Rita), No. 65-09, local No. 3 del Municipio Maracaibo estado Zulia. Una vez constituido el tribunal en la dirección aportada, la parte actora con la asistencia legal de autos expone: “Solicito al tribunal proceda a cumplir con lo ordenado por el tribunal de la causa en el numeral 3 del despacho comisionado, en consecuencia solicito sea notificada de la medida de embargo decretada la ciudadana MARIA EUGENIA GOMEZ PERNALETE, es todo.- Acto seguido esta juzgadora procede a notificar del traslado y constitución del mismo a una ciudadana que se encontraba presente en el local, quien permitió el acceso al tribunal ejecutor y que a petición de esta juzgadora se identificó como MARIA EUGENIA GOMEZ PERNALETE, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. 7.976.437, quien es arrendataria del local en referencia. Acto seguido este tribunal le explica el motivo de la presencia del mismo, sugiriéndole que en la presente medida podría hacerse acompañar de abogado de confianza. De inmediato este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA, de la CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, EMBARGA PREVENTIVAMENTE EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO DEL LOCAL COMERCIAL IDENTIFICADO Y DETERMINADO EN EL ITEM NUMERO 3 DEL DESPACHO COMISORIO, el cual detenta en calidad de arrendataria la ciudadana MARIA EUGENIA GOMEZ PERNALETE, ya identificada.- Se le hace saber a la persona notificada que el porcentaje de los cánones de arrendamiento mediante esta acta embargado preventivamente debe remitirlo en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL No. 1, en el expediente signado con el No. 18.701. Este tribunal estuvo custodiado por el funcionario policial MIGUEL BERNAL, credencial 3684. La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, emolumento o tasa alguna en cumplimiento a lo establecido en la Constitución Nacional de la República de Venezuela.- Concluye el acto siendo las UNA Y QUINCE MINUTOS DE LA TARDE DEL DIA DE HOY.- Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
Msc. ZIMARAY CARRASQUERO.
La EJECUTANTE Y SUS
ABOGADAS, la NOTIFICADA,
Funcionario policial
La secretaria,
ABG. LINDA AVILA.
|