REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA,
PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LACIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Comisión 5084-11
En horas de Despacho del día de hoy, Martes catorce de junio del 2011, siendo las nueve y veinte minutos de la mañana, de acuerdo a lo acordado en actas, se traslada y constituye este Juzgado Comisionado, para llevar a efecto la medida de REINCORPORACION, decretada por el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EXP 13.081, en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana MERCEDES SUZZARINI, titular de la cédula de identidad No. 8.502.874, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, expediente en el cual el tribunal de la causa acordó comisionar suficientemente a un Juzgado con competencia en la materia a los fines de trasladarse y constituirse en la sede de la Jefatura de personal de la Alcaldía de Maracaibo del Estado Zulia, a los fines de reincorporar a la ciudadana MERCEDES SUZZARINI, ya identificada, en la Nómina del Personal Jubilado hasta que se decida sobre el fondo del presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, en cumplimiento a la Sentencia Interlocutoria 173, dictada por el tribunal aquo en fecha 21 de junio del 2010, que decreta la medida de suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la Resolución No. 493, dictada en fecha 11/06/2009 por el Alcalde (e) del Municipio Maracaibo. Una vez recibido el despacho comisorio por la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos le fue asignado el conocimiento a este tribunal según numero de distribución TM-EM-3316-2011, de fecha 07/06/2011.Acto seguido este tribunal se constituye con la parte actora ciudadana MERCEDES SUZZARINI, mayor de edad, venezolana, portadora de la cédula de identidad No. 8.502.874, asistida en este acto por el profesional del derecho Dr. GABRIEL PUCHE URDANETA, abogado inscrito en el inpreabogado No 29.098 en la sede de la Alcaldía de Maracaibo., ubicada en la calle 95, frente a la Plaza Bolívar, piso 4, Jefatura de Personal Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Seguidamente se procedió a notificar formalmente del traslado y constitución del mismo a la ciudadana: DANIELA SUAREZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 15.939.063, quien dijo ser APODERADA JUDICIAL DEL MCPIO MARACAIBO, carácter este que consta en poder general otorgado y autenticado por ante la Notaria Publica Séptima del Municipio Maracaibo, anotado bajo el No. 39, Tomo 55 de los libros respectivos, de fecha 24-05-2010, que a los efectos vivendi mostró a este tribunal. De inmediato esta juzgadora permite la lectura del despacho comisorio a la notificada de autos con el carácter antes dicho. En este estado la apoderada judicial de la querellada expone: “ En nombre de mi representada me doy por notificada de la medida cautelar contentiva de la orden de reincorporación emanada del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Región Zuliana, la cual fue comisionada a este juzgado ejecutor. En este sentido dando cumplimiento voluntario a la misma se procede a la Reincorporación de la querellante ciudadana MERCEDES SUZZARINI, ya identificada a la Nómina de Jubilados de esta Institución, en las condiciones y términos ordenados por el tribunal de la causa. Vista la exposición que antecede este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, cumple con el despacho comisionado y formalmente REINCORPORA a la ciudadana MERCEDES SUZZARINI, ya identificada, advirtiendo a la representante de la Institución querellada, que dicha reincorporación debe hacerse a la nómina de jubilados de la Alcaldía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, hasta tanto se decida el fondo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial que sigue la mencionada ciudadana por ante el tribunal aquo, en cumplimiento de la sentencia interlocutoria dictada por ese tribunal en fecha 21 de junio de 2010, que decreta la medida de suspensión de efectos del acto administrativo contenido en la Resolución No. 493 de fecha 11/06/2009. De igual manera este tribunal deja expresa constancia que la ciudadana Mercedes Suzzarini, ya identificada, permanecerá en esta sede para recibir las instrucciones necesarias relativas al caso. La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, emolumento o tasa alguna en cumplimiento a lo establecido en la norma fundamental de la República de Venezuela.- Se remite en original con todas sus resultas al tribunal de la causa, se expide original de la presente a las partes intevinientes en la misma, se conserva copia de la misma para el archivo del tribunal ejecutor. Concluye el acto siendo las diez y veinte minutos de la mañana del día de hoy. Terminó, se Leyó y conformes firman.-
LA JUEZ,
Msc. Zimaray Carrasquero.
LAEJECUTANTEU ABOGADO Representante de la Alcaldía
ASISTENTE, del Municipio Maracaibo
La Secretaria,
ABG. Linda Avila.
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