REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT

DESPACHO DE MEDIDA N° 5117
En horas de Despacho del día de hoy catorce ( 14 ) de Junio de dos mil once (2.011) siendo las tres y cinco minutos de la tarde, se traslado y constituyó el JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMON BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRIGUEZ, MIRANDA Y BARALT DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa MAERSK CONTRACTORS VENEZUELA, ubicada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, acompañado de la apoderada judicial de la parte actora YENNY LINARES CONTRERAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 98.046, a objeto de practicar medida de EMBARGO PREVENTIVO, decretada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, en el juicio de PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, seguido por la ciudadana YULIMA KARILI PRIETO CONTRERAS, titular de la cedula de identidad Nº V-16.303.936, en contra del ciudadano CARLOS ANTONIO BARRETO CARDOZO, titular de la cedula de identidad Nº V-14.266.734. Seguidamente el tribunal procede a notificar del objeto de su traslado y constitución en el lugar al ciudadano Lisey Tee Hung, titular de la cedula de identidad Nº 13.841.742, en su condición de Apoderada judicial. En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora, abogada YENNY LINARES CONTRERAS inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 98.046, expuso: Pido al tribunal proceda a ejecutar la medida de Embargo Preventivo, decretado por el juzgado de la causa, sobre los conceptos especificados en el despacho de medida.