REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA.-
PAMPATAR, veintiocho (28) de junio de 2011.-
200º y 152º -

Revisadas las actas en la presente SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN DE PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, presentado por los ciudadanos ELEAZAR AUGUSTO HENRIQUEZ MISEL y LUZ AURA JOSEFINA FRANCO FARIAS, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V- 588.470 y V-4.047.004, ambos de este domicilio, asistido en este acto por el abogado en ejercicio JESUS RAMON ACOSTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.10.632, y por cuanto se evidencia que se le dio cumplimiento a lo acordado en el auto de admisión este Tribunal para proveer considera oportuno realizar las siguientes consideraciones:
- Que mediante auto de fecha 09/02/2011, se admitió la presente solicitud y se ordenó la publicación de un cartel de notificación dirigido a todas aquellas personas que tengan interés en la partición de la comunidad conyugal.-------------------------------------------------------------------
- Que en fecha 29/04/2011, la ciudadana LUZ AURA JOSEFINA FRANCO FARIAS, asistida de abogado consignaron diligencia retirando cartel de Notificación.------------------------------------------------------
- Que en fecha 17/05/2011, la ciudadana LUZ AURA JOSEFINA FRANCO FARIAS, asistida de abogado, consigno publicación de cartel de notificación en el diario Sol de Margarita, de fecha 08/05/2011, y agregado a los autos en esa misma fecha.-----------------------------------
- En fecha 23-05-2011, presentaron diligencia consignando las copias simples necesarias para la notificación del Fiscal del Ministerio Publico, librándose en esa misma fecha Boleta de Notificación.-----------------------
- Que el día 02/06/2011, el Alguacil de este Juzgado, consigna debidamente firmada por la ciudadana ANGELICA PEREZ, Fiscal Octava del Ministerio Público, Boleta de Notificación.-------------------------
- Que las partes involucradas de mutuos acuerdo pactaron lo siguiente en la solicitud:
UNICO: Apartamento ubicado en el Bloque 01, distinguido con el Nro. 00-03 , situado en la Urbanización Jóvito Villalba, Sector Apostadero, de la Ciudad de Pampatar, del Municipio Maneiro, del Estado Nueva Esparta; el cual posee una superficie aproximada de SESENTA Y UN METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (61,50 cm2) y sus linderos son: NORTE: con pared que da al apartamento identificado con el Nro 04, según el nivel donde se encuentre SUR: con fachada sur del edificio; ESTE: con fachada este del edificio y OESTE: con fachada oeste del edificio y área de circulación.- Dicho inmueble les pertenece, por haberlo adquirido durante el matrimonio como consta del documento Protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, en fecha 30 de septiembre de 2002, quedando anotado bajo el Nro. 11, Folios 40 al 42, Protocolo Primero, Tomo 4, cuarto Trimestre, de fecha 02-11-1999.----------------------------------------------------------------------------------------------



De acuerdo a lo anterior, este Tribunal aprueba la partición en los términos en que fue realizada por los ciudadanos ELEAZAR AUGUSTO HENRIQUEZ MISEL y LUZ AURA JOSEFINA FRANCO FARIAS.-----------------
Conforme al articulo 788 del Código de procedimiento Civil y en consecuencia, le imparte la correspondiente homologación debiéndose tenerse la misma como autoridad de cosa juzgada y ordena en su oportunidad el archivo del expediente.---------------------------------------------------------------------------
Dr. JOSÉ GREGORIO PACHECO,

JUEZ PROV. DEL MUNICIPIO MANEIRO.
El Secretario,


NOTA: En fecha 28-06-2011, se dicto y público la anterior decisión, previa las formalidades de Ley bajo el Nro. 2011- 819, siendo las 3:15 p.m. Conste.-
EL SECRETARIO,


Abg. PEDRO MIGUEL GOMEZ MILLAN






Expediente Nro. 2011-1830.
JGP/ luisa.