REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta
Sección Adolescente
La Asunción, 23 de Junio de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : OP01-D-2010-000176
ASUNTO : OP01-D-2010-000176
AUTO DE UBICACIÓN DE ADOLESCENTE
Visto que para el día 816 de junio de 2011 se encontraba fijada la audiencia para imponer al adolescente IDENTIDAD OMITIDA , del auto de ejecución de sentencia, y visto que ha sido diferida en diversas oportunidades desde el día 12 de enero del año en curso, ante la incomparecencia del sancionado, visto asimismo que rielan insertas las notificaciones a los folios 90, 98,106, 121, notificaciones que fueran recibidas en su domicilio cuya dirección hubiera aportado ante este Tribunal, es por lo que este Tribunal de Ejecución observa que no ha podido ser impuesto del auto de Ejecución con las sanciones de regla de conducta y libertad asistida por el lapso de 8 meses se observa que a los efectos de la prosecución del proceso debe procederse conforme lo establece el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, según el cual se ordena la ubicación del adolescente, en primer orden, a los fines de imponerlo del auto de Ejecución de Sentencia recaída en contra de su persona, en consecuencia este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección Adolescentes, en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente: declarar en REBELDÍA AL ADOLESCENTE, Y ORDENAR SU UBICACIÓN INMEDIATA por intermedio de Órgano Policial para que comparezca el día 5 de julio de 2011, a las 11:30 a.m., a fin de imponerlo de la sentencia para lo cual se fija la audiencia de imposición para el día señalado, fecha para la cual deben constar las resultas de la comisión que se ordena comisionar a Instituto Neoespartano de Policía del estado Nueva Esparta, para que a través de ese órgano policial se ubique al mencionado adolescente y lo haga comparecer ante este Tribunal, para el día en mención, haciéndole saber al órgano comisionado que la presenta citación no implica su detención. Ofíciese. Líbrense las correspondientes boletas de notificación a las partes. Diarícese. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCION
Dra. Isabel Asunta Pannaci
LA SECRETARIA
ABG. ELIANA MENDEZ FLEITAS
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.-
LA SECRETARIA
ABG. ELIANA MENDEZ FLEITAS
1:38 PM