REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
San Juan Bautista, 6 de junio de 2011
201° y 152°
Vista la diligencia suscrita en fecha primero (1) de junio de 2011, formulada por la abogada VICTORIA NAVIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.735.552, con Inpreabogado N° 40.454, en su carácter de apoderada judicial de la Gobernación del Estado Nueva Esparta, mediante la cual consigna copia del recibo en el cual se evidencia el pago realizado en la cuenta de la ciudadana SUNIRDA MULATTIERI REYES, relacionado con la deuda que mantenía su representada con la funcionaria, con lo cual se da cumplimiento al ofrecimiento de pago propuesto por la parte querellada y que quedo pendiente en la audiencia preliminar de fecha 15-12-2009, este Juzgado Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, homologa la conciliación de intereses en conflicto celebrada entre las partes en la referida audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en los artículos 257 y 262 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, dándose por terminado el presente proceso. ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZA PROVISORIA.
Dra. VIRGINIA TERESITA VÁSQUEZ GONZÁLEZ
EL SECRETARIO TEMPORAL
Abg. AUGUSTO MAURICIO RUSSO FIGUERA
Expediente Nº Q-0466-09
VTVG/amrf/Pedro