ACTA
EXPEDIENTE: VP01-L-2011-000761
PARTE ACTORA: MINERVA TERESA GIL
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: BERNARDO GUERRA
PARTE DEMANDADA: S.A. CAFÉ IMPERIAL
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NEATHAY CASTELLANO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 28 de Junio de 2011, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el abogado BERNARDO GUERRA en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MINERVA TERESA GIL y la abogada NEATHAY CASTELLANO JESUS LOPEZ en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil S.A. CAFÉ IMPERIAL, en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En este acto presente la ciudadana NEATHAY CASTELLANO en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil S.A. CAFÉ IMPERIAL expone: "Facultado para este acto en nombre de mi representada para dar por terminada la presente causa, ofrezco por los conceptos demandados la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs.65.000,00), pagaderos para el día 30 de agosto del 2011, por ante este tribunal, a la ciudadana MINERVA TERESA GIL, es todo”; en este acto presente el abogado en ejerció BERNARDO GUERRA expone : “Facultado para este acto en nombre de mi representada acepto el ofrecimiento realizado por la representante de la parte demandada, por cuánto con esta cantidad de dinero están satisfechas las pretensiones explanada en el libelo de la demanda, por mi representada, así mismo la fecha para la cual serán cancelados.” Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. El Tribunal hace entrega, de las pruebas a las partes.
La Juez
Abg.Ana Avila
El Secretario
Los Presentes