REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, Veintiuno (21) de Junio de 2011.-
200º y 152º
SENTENCIA DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nº VP01-L-2011-000718.-
CO-DEMANDANTES: ALEXANDER RAFAEL VILCHEZ FERNÁNDEZ, EDGAR ALEXANDER VILCHEZ FERNÁNDEZ, EDGAR ATILIO FINOL GONZALEZ, JOSE GREGORIO VILLEGAS ARRIETA y JAVIER GERARDO RODRIGUEZ ALARCON, venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad Nos. 19.694.432, 19.694.431, 16.018.299, 7.723.931, y 14.922.947, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
APODERADAS JUDICIALES DE LOS CO-DEMANDANTES: ORIANA CRISTINA SANDOVAL ARRIETA y YENIFER PEREZ, debidamente inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 132.897 y 132.926, respectivamente, domiciliadas en la ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
DEMANDADA: Sociedad Mercantil DECORACIONES RICHARD C.A., (DECORICA).
REPRESENTANTE LEGAL DE LA DEMANDADA: (No Compareció a la Audiencia Preliminar).
APODERADO (A) JUDICIAL DE LA DEMANDADA: (No Compareció a la Audiencia Preliminar).
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
ASUNTO: ADMISIÓN DE HECHOS.
ANTECEDENTES PROCESALES
En fecha dieciocho (18) de Marzo de 2011, comparecen los ciudadanos ALEXANDER RAFAEL VILCHEZ FERNÁNDEZ, EDGAR ALEXANDER VILCHEZ FERNÁNDEZ, EDGAR ATILIO FINOL GONZALEZ, JOSE GREGORIO VILLEGAS ARRIETA y JAVIER GERARDO RODRIGUEZ ALARCON, venezolanos, mayores de edad, portadores de las Cédulas de Identidad Nos. 19.694.432, 19.694.431, 16.018.299, 7.723.931, y 14.922.947, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistidos en ese acto por la abogada en ejercicio ORIANA CRISTINA SANDOVAL ARRIETA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 132.897, domiciliada en la ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, y presentaron demanda por Prestaciones Sociales, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en la cual reclaman colectivamente la suma de (Bs. 138.590,67), en contra de la Sociedad Mercantil DECORACIONES RICHARD, C.A., (DECORICA), la cual fue recibida en fecha veintidós (22) de Marzo de 2011 y admitida mediante auto de fecha veinticuatro (24) de Marzo de 2011, por el Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, librando el correspondiente cartel de notificación a la demandada, para que tuviere lugar la Audiencia Preliminar, y posteriormente le correspondió conocer por sorteo a este Juzgado en Fase de Mediación, el cual se abocó y procedió a instalar la respectiva Audiencia Preliminar, siendo anunciada la misma, en fecha doce (12) de Mayo del año que discurre, a las nueve y quince horas de la mañana (09:15 a.m.), previa verificación del computo de los lapsos procesales realizado por la Coordinación de Secretaría de este Circuito Judicial Laboral, de fecha veintisiete (27) de Abril del año 2011, dejándose constancia de la comparecencia de los co-demandantes antes mencionados, específicamente de sus apoderadas judiciales, abogadas en ejercicio ORIANA CRISTINA SANDOVAL ARRIETA y YENIFER PEREZ, plenamente identificada en actas, e igualmente se dejó expresa constancia, de la inasistencia de la demandada (Sociedad Mercantil DECORACIONES RICHARD C.A.,), de algún representante legal, y de algún apoderado (a) judicial, a la Audiencia Preliminar; por lo que, se levantó la correspondiente acta y este Tribunal de la causa, en acatamiento a los criterios jurisprudenciales preestablecidos, se acogió al lapso de cinco (05) días hábiles siguientes para resolver lo conducente, en atención a las siguientes consideraciones, constatándose que la presente causa, mediante diligencia de fecha dieciséis (16) de Mayo del presente año, fue suspendida de mutuo acuerdo por las representantes judiciales de ambas partes acreditadas en actas, por el lapso de quince (15) días continuos, siendo que desde el 12/05/2011 (Fecha de Incomparecencia de la Demandada a la Audiencia Preliminar), al 16/05/2011 (Fecha de Suspensión de la Causa de mutuo acuerdo), transcurrió un (01) día hábil de los cincos (05) a los que se acoge este Tribunal para dictar la consecuente sentencia por admisión de hechos, siendo que consecutivamente, el día treinta y uno (31) de Mayo de 2011, es decir cuando se cumplía el primer lapso de suspensión acordado de mutuo acuerdo por las partes, las mismas nuevamente suspendieron la causa de mutuo acuerdo, por el lapso de quince (15) días continuos más, los cuales contados a partir del día hábil siguiente, es decir el 01/06/2011, se cumplieron el 15/06/2011, resultando los días 16/06/2011, 17/06/2011, 20/06/2011 y el presente 21/06/2011, el segundo (2do), tercero (3ero), cuarto (4to) y quinto (5to) día hábil siguientes, respectivamente, para que este Juzgado dicte la correspondiente decisión a los efectos.
MOTIVACIONES PARA DECIDIR
Se desprende de las actas procesales que conforman la presente causa la incomparecencia de la demandada, a la oportunidad fijada para la celebración de la respectiva Audiencia Preliminar, por lo que a tenor de lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT), se presumirá la Admisión de los Hechos alegados por los co-demandantes, representados por sus apoderadas judiciales acreditadas en autos, en cuanto no sea contraria a derecho la petición del actor; así las cosas, y observando los criterios jurisprudenciales de las Salas de Casación Social y Constitucional de nuestro máximo Tribunal de la República (TSJ); este Tribunal de Instancia, pasa a revisar en forma exhaustiva todos y cada uno de los conceptos reclamados por los co-demandantes y que a continuación se especifican:
1.- CO-DEMANDANTE ALEXANDER RAFAEL VÍLCHEZ FERNANDEZ:
01) PRESTACIÓN DE ANTIGÜEDAD. (ARTÍCULO 108 LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO): La cantidad de (Bs. 3.150,39), de conformidad con lo previsto en el artículo 108 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
02) INTERESES DE PRESTACIONES SOCIALES. ARTÍCULO 108 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO): En relación al presente concepto, el mismo resulta ser procedente, siendo que será calculado, mediante una experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 108 literal b) de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), y así se decide.-
03) VACACIONES. PERIODO 2008-2009. (ARTÍCULOS 145 Y 219 DE LA LOT): la cantidad de (Bs. 611,85), de conformidad con los Artículos 145 y 219 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
04) VACACIONES FRACCIONADAS. (ARTÍCULO 225 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 489,48), de conformidad con el Artículo 225 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
05) BONO VACACIONAL. PERIODO 2008-2009. (ARTÍCULO 223 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 285,53), de conformidad con lo previsto en el artículo 223 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia , lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
06) BONO VACACIONAL FRACCIONADO 2009-2010 (ARTÍCULO 223 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 244,74), de conformidad con lo previsto en el artículo 223 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
07) UTILIDADES. PERIODO DEL 01-01-2009 al 31-12-2009 (ARTÍCULO 174 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 611,85), de conformidad con lo previsto en el artículo 174 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo, este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
08) UTILIDADES FRACCIONADAS. PERIODO DEL 01-01-2010 al 30-08-2010 (ARTICULO 174 DE LA LOT): la cantidad de (Bs. 407,90), de conformidad con el artículo 174 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo, este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
09) INDEMNIZACIONES POR DESPIDO INJUSTIFICADO (ARTÍCULO 125 DE LA LOT): Este concepto lo revisa y pondera este Juzgado, en la cantidad de (Bs. 1.301,40), equivalentes a treinta (30) días, que multiplicados por el salario integral diario de (Bs. 43,38,), nos da el total antes reflejado de Bs. 1.301,40, de conformidad con el artículo 125 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT) , por lo que este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
10) INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (ARTICULO 125 DE LA LOT): Este concepto lo revisa y pondera este Juzgado, en la cantidad de (Bs. 1.301,40), equivalentes a treinta (30) días, que multiplicados por el salario integral diario de (Bs. 43,38), nos da el total antes reflejado de Bs. 1.301,4, de conformidad con el artículo 125 de la LOT, literal b), por lo que este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
11) SALARIOS CAIDOS. DEL 26-09-2009 al 15-09-2010: La cantidad de (Bs. 11.792,80), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
1.- TOTAL CONCEPTOS CO-DEMANDANTE ALEXANDER RAFAEL VÍLCHEZ FERNÁNDEZ Bs. 20.197,34.-
2.- CO-DEMANDANTE EDGAR ALEXANDER VILCHEZ FERNANDEZ:
01) PRESTACIÓN DE ANTIGÜEDAD. (ARTÍCULO 108 LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO): La cantidad de (Bs. 3.150,39), de conformidad con lo previsto en el artículo 108 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
02) INTERESES DE PRESTACIONES SOCIALES. ARTÍCULO 108 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO): En relación al presente concepto, el mismo resulta ser procedente, siendo que será calculado, mediante una experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 108 literal b) de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), y así se decide.-
03) VACACIONES. PERIODO 2008-2009 (ARTÍCULO 145 Y 219 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 611,85), de conformidad con los Artículos 145 y 219 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
04) VACACIONES FRACCIONADAS. (ARTÍCULO 225 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 489,48), de conformidad con el Artículo 225 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
05) BONO VACACIONAL. PERIODO 2008-2009. (ARTÍCULO 223 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 285,53), de conformidad con lo previsto en el artículo 223 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia , lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
06) BONO VACACIONAL FRACCIONADO. PERIODO 2009-2010. (ARTÍCULO 223 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 244,74), de conformidad con lo previsto en el artículo 223 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
07) UTILIDADES. PERIODO DEL 01-01-2009 al 31-12-2009. (ARTÍCULO 174 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 611,85), de conformidad con lo previsto en el artículo 174 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo, este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
08) UTILIDADES FRACCIONADAS. PERIODO DEL 01-01-2010 al 30-08-2010. (ARTICULO 174 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 407,90), de conformidad con el artículo 174 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo, este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
09) INDEMNIZACIONES POR DESPIDO INJUSTIFICADO. (ARTÍCULO 125 DE LA LOT): Este concepto lo revisa y pondera este Juzgado, en la cantidad de (Bs. 1.301,40), equivalentes a treinta (30) días, que multiplicados por el salario integral diario de (Bs. 43,38,), nos da el total antes reflejado de Bs. 1.301,40, de conformidad con el artículo 125 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT) , por lo que este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
10) INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (ARTICULO 125 DE LA LOT): Este concepto lo revisa y pondera este Juzgado, en la cantidad de (Bs. 1.301,40), equivalentes a treinta (30) días, que multiplicados por el salario integral diario de (Bs. 43,38), nos da el total antes reflejado de Bs. 1.301,4, de conformidad con el artículo 125 de la LOT, literal b), por lo que este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
11) SALARIOS CAIDOS 26-09-2009 al 15-09-2010: La cantidad de (Bs. 11.792.80), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
2.- TOTAL CONCEPTOS CO-DEMANDANTE EDGAR ALEXANDER VILCHEZ FERNANDEZ Bs. 20.197,34.-
3.- CO-DEMANDANTE EDGAR ATILIO FINOL GONZALEZ:
01) PRESTACIÓN DE ANTIGÜEDAD. (ARTÍCULO 108 LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO): La cantidad de (Bs. 6.199,29), de conformidad con lo previsto en el artículo 108 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
02) INTERESES DE PRESTACIONES SOCIALES. (ARTÍCULO 108 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO): En relación al presente concepto, el mismo resulta ser procedente, siendo que será calculado, mediante una experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 108 literal b) de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), y así se decide.-
03) VACACIONES. PERIODOS 2007-2008, 2008-2009 y 2009-2010. (ARTÍCULOS 145 Y 219 DE LA LOT): Las cantidades de: Períodos 2007-2008 (Bs. 611,85), 2008-2009 (Bs. 652,64) y 2009-2010 (Bs. 693,43), para un total de (Bs. 1.957,92), de conformidad con los Artículos 145 y 219 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
04) VACACIONES FRACCIONADAS. (ARTÍCULO 225 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 428,29), de conformidad con el Artículo 225 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
05) BONO VACACIONAL. PERIODOS 2007-2008, 2008-2009 y 2009-2010. (ARTÍCULO 223 DE LA LOT): Las cantidades de: Períodos 2007-2008 (Bs. 285,53), 2008-2009 (Bs. 326,32) y 2009-2010 (Bs. 367,11), para un total de (Bs. 978,96), de conformidad con lo previsto en el artículo 223 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia , lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
06) BONO VACACIONAL FRACCIONADO. PERIODO 2010-2011 (ARTÍCULO 223 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 237,80), de conformidad con lo previsto en el artículo 223 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
07) UTILIDADES. PERIODO DEL 01-01-2009 al 31-12-2009. (ARTÍCULO 174 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 611,85), de conformidad con lo previsto en el artículo 174 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo, este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
08) UTILIDADES FRACCIONADAS. PERIODO DEL 01-01-2010 al 30-08-2010. (ARTICULO 174 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 407,90), de conformidad con el artículo 174 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo, este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
09) INDEMNIZACIONES POR DESPIDO INJUSTIFICADO (ARTÍCULO 125 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 5.205,60), equivalentes a ciento veinte (120) días, que multiplicados por el salario integral diario de (Bs. 43,38,), nos da el total antes reflejado de Bs. 5.205,60, de conformidad con el artículo 125 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT) , por lo que este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
10) INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO (ARTICULO 125 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 2.602,80), equivalentes a sesenta (60) días, que multiplicados por el salario integral diario de (Bs. 43,38), nos da el total antes reflejado de Bs. 2.602,80, de conformidad con el artículo 125 de la LOT, literal d), por lo que este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
11) SALARIOS CAIDOS. DEL 26-09-2009 al 15-09-2010: La cantidad de (Bs. 11.792.80), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
3.- TOTAL CONCEPTOS CO-DEMANDANTE EDGAR ATILIO FINOL GONZALEZ Bs. 30.423,21.-
4.- CO-DEMANDANTE JOSÉ GREGORIO VILLEGAS ARRIETA:
01) PRESTACIÓN DE ANTIGÜEDAD. (ARTÍCULO 108 LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO) : La cantidad de (Bs. 3.960,86), de conformidad con lo previsto en el artículo 108 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
02) INTERESES DE PRESTACIONES SOCIALES. (ARTÍCULO 108 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO): En relación al presente concepto, el mismo resulta ser procedente, siendo que será calculado, mediante una experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 108 literal b) de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), y así se decide.-
03) VACACIONES. PERIODO 2009-2010. (ARTÍCULOS 145 Y 219 DE LA LOT): la cantidad de (Bs. 682,80), de conformidad con los Artículos 145 y 219 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
04) BONO VACACIONAL. PERIODO 2009-2010. (ARTÍCULO 223 DE LOT): La cantidad de (Bs. 318,64), de conformidad con el Artículo 223 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
05) VACACIONES FRACCIONADAS. (ARTÍCULO 225 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 364,16), de conformidad con el Artículo 225 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
06) BONO VACACIONAL FRACCIONADO. PERIODO 2010-2011 (ARTÍCULO 223 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 182,08), de conformidad con lo previsto en el artículo 223 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
07) UTILIDADES. PERIODO DEL 01-01-2009 al 31-12-2009. (ARTÍCULO 174 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 682,80), de conformidad con lo previsto en el artículo 174 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo, este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
08) UTILIDADES FRACCIONADAS. PERIODO DEL 01-01-2010 al 31-08-2010. (ARTICULO 174 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 455,20), de conformidad con el artículo 174 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo, este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
09) INDEMNIZACIONES POR DESPIDO INJUSTIFICADO. (ARTÍCULO 125 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 2.902,80), equivalentes a sesenta (60) días, que multiplicados por el salario integral diario de (Bs. 48,38,), nos da el total antes reflejado de Bs. 2.902,80, de conformidad con el artículo 125 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT) , por lo que este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
10) INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO. (ARTICULO 125 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 2.177,10), equivalentes a cuarenta y cinco (45) días, que multiplicados por el salario integral diario de (Bs. 48,38), nos da el total antes reflejado de Bs. 2.177,10, de conformidad con el artículo 125 de la LOT, literal c), por lo que este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
11) SALARIOS CAIDOS. DEL 26-09-2009 al 15-09-2010: La cantidad de (Bs. 15.705.09), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
4.- TOTAL CONCEPTOS CO-DEMANDANTE JOSÉ GREGORIO VILLEGAS ARRIETA Bs. 27.431,53.-
5.- CO-DEMANDANTE JAVIER GERARDO RODRIGUEZ ALARCON:
01) PRESTACIÓN DE ANTIGÜEDAD. (ARTÍCULO 108 LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO) : La cantidad de (Bs. 6.223,69), de conformidad con lo previsto en el artículo 108 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
02) INTERESES DE PRESTACIONES SOCIALES. (ARTÍCULO 108 DE LA LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO): En relación al presente concepto, el mismo resulta ser procedente, siendo que será calculado, mediante una experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 108 literal b) de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), y así se decide.-
03) VACACIONES. PERIODOS 2008-2009 Y 2009-2010. (ARTÍCULOS 145 Y 219 DE LA LOT): Las cantidades de: Períodos 2008-2009 (Bs. 780,00), y 2009-2010 (Bs. 832,00), para un total de (Bs. 1.612,00) de conformidad con los Artículos 145 y 219 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
04) BONO VACACIONAL. PERIODOS 2008-2009 Y 2009-2010. (ARTÍCULO 223 DE LOT): Las cantidades de: Períodos 2008-2009 (Bs. 364,00), y 2009-2010 (Bs. 416,00), para un total de (Bs. 780,00), de conformidad con el Artículo 223 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se establece.-
05) UTILIDADES. PERIODO DEL 01-01-2009 al 31-12-2009. (ARTÍCULO 174 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 780,00), de conformidad con lo previsto en el artículo 174 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo, este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
06) UTILIDADES FRACCIONADAS. PERIODO DEL 01-01-2010 al 31-08-2010. (ARTICULO 174 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 520,00), de conformidad con el artículo 174 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo, este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
07) INDEMNIZACIONES POR DESPIDO INJUSTIFICADO. (ARTÍCULO 125 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 3.316,20), equivalentes a sesenta (60) días, que multiplicados por el salario integral diario de (Bs. 55,27,), nos da el total antes reflejado de Bs. 3.316,20, de conformidad con el artículo 125 de la vigente Ley Orgánica del Trabajo (LOT), por lo que este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
08) INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DEL PREAVISO. (ARTICULO 125 DE LA LOT): La cantidad de (Bs. 3.316,20), equivalentes a sesenta (60) días, que multiplicados por el salario integral diario de (Bs. 55,27), nos da el total antes reflejado de Bs. 3.316,20, de conformidad con el artículo 125 de la LOT, literal d), por lo que este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
09) SALARIOS CAIDOS. DEL 26-09-2009 al 15-09-2010: La cantidad de (Bs. 17.940,00), este Tribunal de Instancia lo encuentra ajustado a derecho y así se decide.-
5.- TOTAL CONCEPTOS CO-DEMANDANTE JAVIER GERARDO RODRIGUEZ ALARCON Bs. 34.488,09.-
Todas las cantidades anteriormente discriminadas, revisadas y globalmente consideradas, arrojan un total de CIENTO TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA Y UN BOLÍVARES (Bs. 132.737,51), suma esta, la cual se condena a la demandada, Sociedad Mercantil DECORACIONES RICHARD C.A., (DECORICA), a pagar en favor de los co-demandantes en referencia, ciudadanos ALEXANDER RAFAEL VILCHEZ FERNÁNDEZ, EDGAR ALEXANDER VILCHEZ FERNÁNDEZ, EDGAR ATILIO FINOL GONZALEZ, JOSE GREGORIO VILLEGAS ARRIETA y JAVIER GERARDO RODRIGUEZ ALARCON, plenamente identificado en actas. Así se establece.-
Se condena a la parte perdidosa según lo previsto en el criterio jurisprudencial establecido en sentencia de fecha 11 de Noviembre de 2008 de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, al pago de los intereses de la prestación de antigüedad, desde la fecha de terminación de la relación de trabajo; más los intereses de mora, así como la indexación o ajuste por inflación que deberán ser calculados desde la fecha de la notificación de la parte demandada, mediante una experticia complementaria del fallo que debe ser practicada por un solo perito designado por el Tribunal en base a los siguientes parámetros:
a) Para el cálculo de los intereses deberá tomar como referencia los indicadores emitidos por el Banco Central de Venezuela para los intereses sobre las prestaciones sociales desde el momento en que fueron causados vale decir desde la fecha de terminación de la relación de trabajo.
b) Para calcular la indexación y los intereses de mora, debe tenerse como base los índices de precio al consumidor publicado también por el Banco Central de Venezuela desde la fecha de la notificación de la empresa demandada, hasta la materialización de la ejecución, conforme a lo dispuesto en el artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, excluyendo de dicho cálculo los lapsos sobre los cuales la causa se haya paralizado por acuerdo entre las partes, por hechos fortuitos o de fuerza mayor, tales como vacaciones judiciales.
De conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se condena en costas y costos, dado el total vencimiento de las co-demandadas. Así se establece.-
DISPOSITIVO
En fuerza a los argumentos de hecho y de derecho anteriormente fundamentados en la parte motiva de esta decisión este TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PROCEDENTE la acción interpuesta por los ciudadanos ALEXANDER RAFAEL VILCHEZ FERNÁNDEZ, EDGAR ALEXANDER VILCHEZ FERNÁNDEZ, EDGAR ATILIO FINOL GONZALEZ, JOSE GREGORIO VILLEGAS ARRIETA y JAVIER GERARDO RODRIGUEZ ALARCON, plenamente identificados en actas, por motivo de Prestaciones Sociales, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES RICHARD C.A., (DECORICA), SEGUNDO: Se condena a la Sociedad Mercantil INVERSIONES RICHARD C.A., (DECORICA), a pagar la cantidad de CIENTO TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE CON CINCUENTA Y UN BOLÍVARES (Bs. 132.737,51), en favor de los co-demandantes en cuestión. TERCERO: Se acuerda la corrección monetaria y los intereses moratorios, según lo establecido, en la parte motiva del presente fallo. CUARTO: Se condena en costas y costos a la demandada. PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De la misma forma se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Zulia htt://zulia.tsj.gov.ve/. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO REGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en Maracaibo a los veintiún (21) días del mes de Junio del año dos mil once (2011).- Año: 200 ° de la Independencia y 152° de la Federación.-
EL JUEZ
EL SECRETARIO,
ABG. EDMUNDO FINOL RINCÓN.
ABG. MELVIN NAVARRO.
En la misma fecha, y siendo las cuatro y cuarenta horas de la tarde (04:40 p.m.), se dictó y publicó el fallo que antecede.
El Secretario,
EFR/Exp. VP01-L-2011-000718.-
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