ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.011-655

PARTE ACTORA: Ciudadano, ALWING RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 23.532.370.

APODERADO JUDICIAL: Abogado EDILBERTO NATERA y MAGALYS VILLALBA, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 47.548 y 46.139.
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PARTE DEMANDADA: GRUPO TOTAL 99, C.A.

APODERADO JUDICIAL: Abogado WERNER REYES, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 82.929.-

MOTIVO: PAGO DE SALARIOS CAIDOS Y PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy 20 de junio de 2011, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano ALWING RODRIGUEZ, asistido del abogado EDILBERTO NATERA, también compareció el abogado WERNER REYES, en su carácter de apoderado judicial de la demandada.
Por una parte, la parte accionante solicita que le paguen los salarios dejados de percibir y prestaciones sociales, la prestación de antigüedad, las vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado y las utilidades fraccionadas, por otra parte empresa demandada expone: Una vez revisado la petición del accionante y revisados los cálculos aritméticos realizados en la audiencia, ofrezco la cantidad de Bs. 16.000,00 pagaderos en una sola para el día jueves 30 de junio de 2011. El accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizados. Señala el Tribunal que el referido pago debe ser consignado por ante la Oficina de Control de consignaciones de la Coordinación del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA
ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.

LAS PARTES COMPARECIENTES.

EL SECRETARIO