REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.
201° y 152°

Vista la diligencia presentada por el ciudadano LUIS GILBERTO RONDON JARAMILLO, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 148.689, en el presente juicio de NULIDAD DE TITULO SUPLETORIO Y NULIDAD DE VENTA, intentado por la ciudadana EGLIS VASQUEZ GARCIA y otros contra ANGEL SALVADOR DIAZ, debidamente identificado, expediente N° 28.028. De la revisión minuciosa y pormenorizada de las actas que conforman el presente expediente, se pudo observar que el profesional del derecho ciudadano LUIS GILBERTO RONDON JARAMILLO, debidamente identificado, no tiene cualidad para actual en la presente acción por cuanto no consta en autos que el mencionado abogado sea el apoderado de ninguna de las parte en el presente juicio, es por lo que este Tribunal NIEGA tal solicitud.



DR. ARTURO LUCES TINEO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL LA SECRETARIA


Exp. N° 28.028
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