REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
Maracaibo, dieciséis de junio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : VP01-L-2011-000379
HOMOLOGACION DE TRANSACCION.
PARTE ACTORA: EDGAR RAFAEL SILVA CASTILLO y GOLDUIN MARTINEZ, titulares de la cédula de identidad: 18.426.749 y 17.805.285, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil INVERSIONES TIMADA, C.A.
MOTIVO: Prestaciones Sociales.
Revisada como ha sido la transacción presentada en fecha 14 de Junio de 2011, suscrita por los abogados MANUEL DELGADO, apoderado judicial de la parte actora ciudadanos EDGAR RAFAEL SILVA CASTILLO y GOLDUIN MARTINEZ; y ELVIS MENDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, Sociedad Mercantil INVERSIONES TIMADA, C.A.; todos amplia y suficientemente identificados en autos; mediante la cual la parte demandada realiza único pago en cheque girados contra la entidad bancaria BOD bajo los números 04141789 y 04141788, a nombre de los ciudadanos GOLDUIN MARTINEZ y EDGAR SILVA, respectivamente. Este Tribunal, una vez analizados los términos en los cuales fue redactada la transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 del Reglamento, y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, es por lo que, éste Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, impartiéndole el carácter de Cosa Juzgada, declara terminado el proceso y ordena archivar definitivamente el expediente. Así se decide.
Se ordena proveer copias certificadas, solicitadas por las partes en acta de transacción; y agregar al expediente, las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar. Así se decide.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
La Juez
Mgs. Judith del Carmen Castro. El Secretario.
JC/jc
Abog. Melvin Navarro.
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