PARTE ACTORA: GUILLERMO ENRIQUE GUTIERREZ PEREZ y RAIMUNDO BARRIOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANTONIO PEREZ .
PARTE DEMANDADA: IMPRESORA TECNICA DEL ZULIA, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARTÍN GONZALEZ.
MOTIVO: COBRO DE HORAS EXTRAS

En el día hábil de hoy 28 de Junio de 2011, siendo las 2:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, presentes los ciudadanos GUILLERMO ENRIQUE GUTIERREZ PEREZ y RAIMUNDO BARRIOS, representados por el abogado ANTONIO PEREZ, y el abogado MARTÍN GONZALEZ., en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil IMPRESORA TECNICA DEL ZULIA, S.A., en este estado toman la palabra los ciudadanos GUILLERMO GUTIERREZ y RAIMUNDO BARRIOS, con la representación indicada y expusieron “ DESISTIMOS DEL PROCEDIMIENTO por cuanto hemos llegado a un acuerdo con la demandada, es todo” En este estado el abogado MARTÍN GONZALEZ en representación de la demandada y dando cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil declara expresamente su conformidad con el desistimiento. Este Juzgado Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia de que fueron devueltas las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia Preliminar. Así se decide.

El Juez

El Secretario

Abog. Marlene Rojas de Siu Abg. Joselyn Urdaneta





Los Presentes.