REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (17) de Junio de Dos Mil Once (2011)
N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-000824
PARTE ACTORA: LUIS EDUARDO RIOS FRANCO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOEL ALEJANDRO GARCIA
PARTE DEMANDADA: SECURITY ONE STAR, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GRASSEKELLYS COLINA y JOSE ALBERTO SUAREZ ESCALONA
MOTIVO: CESTA TICKESTS, VACACIONES Y BONO VACACIONAL
En el día hábil de hoy,17 de Junio de 2011, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos LUIS EDUARDO RIOS FRANCO asistido por el abogado JOEL ALEJANDRO GARCIA y SECURITY ONE STAR, C.A., empresa esta representada por su apoderado judicial abogado JOSE ALBERTO SUAREZ ESCALONA, quienes han llegado al siguiente acuerdo, la representación judicial de la demandada ofrece pagar en este acto la cantidad de Nueve mil ochocientos cincuenta bolívares con sesenta y un céntimos (Bs. 9.850,61) mediante 3 cheques de BBVA BANCO PROVINCIAL números 09743157, 09743169 y 09744057, el trabajador manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes y se ordena el archivo definitivo del presente asunto.
El Juez
La Secretaria
Abog. Alexis Figueroa
Los Presentes
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