REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CABIMAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de La Circunscripción Judicial del Estado Zulia Extensión Cabimas
Cabimas, Catorce (14 ) de Junio de Dos Mil Once (2011).
201º y 152º

ASUNTO: VP21-L-2011-000132

Partes Actoras: YASIRET JOSEFINA VICUÑA NOVA, ALEXA DEL VALLE GALEA PRADA, ISABEL CRISTINA FERRER , Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro V-13.025.550, V-13.025.550 y V-16.046.113 domiciliados en el Municipio Cabimas, y los dos últimos el en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.-
Abogados Apoderadas
De la parte actora.-
AURA MEDINA , JOHN MOSQUERA, YOSMARY RODRIGUEZ, LISBETH BRACHO, MIGNELY DIAZ , YENNILY VILLALOBOS , JOHANNA ARIAS Y MARIA OCANDO, Procuradores de trabajadores , Abogados en ejercicio , , inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°116531, 85304,115134,109569,109562107694,110055 , 89416 ,85304 Y 99128 respectivamente.
Parte Demandada:
SUMINISTRO TAMATRE, COMPAÑIA ANONIMA (SUTACA), domiciliado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia.-
Abogados Apoderados
De la parte Demandada
ALEXANDER ARROYO MEDINA, venezolanas, mayores de edad, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 105405



Motivo: Cobro de prestaciones sociales y otros concepto laborales.


Hoy, Catorce (14 ) de Junio de Dos Mil Once (2011),siendo las 09:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la apertura de la Audiencia Preliminar, comparecen las partes actoras Ciudadanos YASIRET JOSEFINA VICUÑA NOVA, ALEXA DEL VALLE GALEA PRADA, ISABEL CRISTINA FERRER , Asistido por la procuradora de trabajadores YOSMARY RODRIGUEZ ; y en su condición de apoderado judicial de las mismas , así como también compareció el abogado en ejercicio ALEXANDER ARROYO MEDINA, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada SUMINISTRO TAMATRE, COMPAÑIA ANONIMA (SUTACA), según consta en copia del documento poder que consigna en este acto constante de 02 folios útiles y presento a efecto videndi original del mismo. Dándose así inicio a la audiencia. Se constituye este Tribunal bajo la dirección del ciudadano Juez Abog. Jairo Silva Ruiz, quien declaró abierto éste acto y constató la presencia de cada una de las partes. Así mismo, se les explico la importancia de la Audiencia Preliminar y los medios alternos de la solución de conflictos, como lo son la Mediación, la Conciliación y el arbitraje, así como las reglas que deberán de cumplir en el desarrollo de ésta Audiencia, a fin de alcanzar resultados satisfactorios para los litigantes, evitando así la fase de juicio y con ello el ahorro de costos de tiempo en la solución del conflicto. Seguidamente expone la parte demandada lo siguiente: "Con la finalidad de dar por terminada la presente causa y siguiendo instrucciones de mi representada, en nombre de la misma ofrezco en este acto pagar solo a las Ciudadanas YASIRET JOSEFINA VICUÑA NOVA, ALEXA DEL VALLE GALEA PRADA, la cantidad total de BsF. 18.811,01 (9.149,60 +9.661,41 ) asi : A la Ciudadana YASIRET JOSEFINA VICUÑA NOVA, la cantidad de NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES FUERTES CON SESENTA CENTIMOS (Bs.F. 9.149,60 ), la cual será pagada en 03 partes ,la primera de BsF 3.049, dos restantes de BsF. 3.050,30 y las asi: la primera parte en este mismo acto mediante cheque N° 46600405 de la Institución Bancaria Banco Nacional de Crédito , a la orden de dicha Ciudadana, la segunda parte el 01-07-11 y la tercera y ultima parte el 15-07-11 ; y a la Ciudadana ALEXA DEL VALLE GALEA PRADA, la cantidad de NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO BOLIVARES FUERTES CON CUARENTA Y UNO CENTIMOS (Bs.F. 9.661,41 ), la cual será pagada en 03 partes iguales de BsF 3.220,47 , asi: la primera parte en este mismo acto mediante cheque N° 4500406 , de la Institución Bancaria Banco Nacional de Crédito , a la orden de dicha Ciudadana, , la segunda parte el 01-07-11 y la tercera y ultima parte el 15-07-11, de los cuales se consigna copia simple del mismo para ser agregada a actas, dicha suma corresponde al pago de todos los concepto que por Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales se reclaman en la presente demanda, dejando constancia que dicha cantidad cubre en su integridad los conceptos reclamados por las trabajadoras en el presente juicio, no quedando a deber ningún otro concepto de índole laboral la trabajadora reclamante, ". En este Estado y con la debida asistencia interviene las partes actoras Ciudadanas YASIRET JOSEFINA VICUÑA NOVA, ALEXA DEL VALLE GALEA PRADA, quienes expone lo siguiente: “ vista las conversaciones previas , manifestamos ambos expresamente en este mismo acto que aceptamos la cantidad ofrecida por la parte demandada en este acto , en los términos y condiciones antes expuesto, por cuanto estamos conforme con la misma, por lo cual no nos queda nada que reclamar ni por éste ni por ningún otro concepto de índole laboral derivada de la prestación de servicio ”. Seguidamente Ambas partes de común acuerdo solicitan al Tribunal Homologue el presente acuerdo, le otorgue el carácter de Cosa Juzgada. En consecuencia, este Tribunal visto el acuerdo a que han llegado las partes Ciudadanas YASIRET JOSEFINA VICUÑA NOVA, ALEXA DEL VALLE GALEA PRADA, y la empresa demandada SUMINISTRO TAMATRE, COMPAÑIA ANONIMA (SUTACA), es por lo que este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso solo con respecto a la parte demandada y las codemandantes Ciudadanas YASIRET JOSEFINA VICUÑA NOVA, ALEXA DEL VALLE GALEA PRADA, y por cuanto lo acordado no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores intervinientes, ni normas de orden público, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley: HOMOLOGA el presente acuerdo, dándole efectos de Cosa Juzgada, solo con respecto a la parte demandada y los codemandantes Ciudadanas YASIRET JOSEFINA VICUÑA NOVA, ALEXA DEL VALLE GALEA PRADA, continuando el procedimiento solo con respecto con la parte demandada la Ciudadana ISABEL CRISTINA FERRER BRAVO, por Cuanto aun no han llegado aun a un acuerdo. Seguidamente el juez requirió a la parte la parte demandada y la Ciudadana ISABEL CRISTINA FERRER , antes indicadas que hicieran entrega de sus escritos de promoción de pruebas conjuntamente con sus probanzas, las cuales fueron consignada por las partes en este acto así: la parte actora consigno escrito de promoción de pruebas constante de 03 folio útil mas 73 anexos ; y la parte demandada consigno escrito de promoción de pruebas constante 01 folio útil mas 20 anexos. Seguidamente la parte demandada y la Ciudadana ISABEL CRISTINA FERRER , antes indicadas realizaron cada una sus exposiciones en este encuentro , y concluida la misma, las partes conjuntamente con el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia para el día 15 -07 2011 para que las partes comparezcan ante este Juzgado a las 10:00 A.M a los fines de llevarse a efecto una reunión de carácter conjunta, con el objeto de llegar a una solución satisfactoria para ambas partes, de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley . Es todo, terminó se leyó y conformes firman.

Abg JAIRO SILVA
JUEZ 2 ° S.M.E



LA PARTES ACTORAS Y SU APODERADA JUDICIAL


APODERADO JUDICIAL S DE PARTE
DEMANDADA


Abg. MARISOL MENDOZA RINCON
SECRETARIA (E)


J SR/jsr