REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, Veinticinco (25) de Julio de 2.011.-
201° y 152°
El Abogado CARLOS EDUARDO MÁRQUEZ CAMACHO, en su carácter de JUEZ TEMPORAL designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia según Comunicación N° CJ-11-1526 y CJ-11-1525, de fecha seis (06) de Junio del año 2.011; ante la ausencia del JUEZ PROVISORIO Abogado CARLOS RAFAEL FRÍAS, en virtud de que le fue aprobados los periodos vacacionales 2002-2003, 2003-2004, 2004-2005, 2009-2010 y 2010-2011, según oficio emanado de la Rectoría de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha dieciséis (16) de Junio del año 2.011, signado bajo el N° 0739-2011, en consecuencia se avoca al conocimiento de la presente causa.-
Ahora bien, visto el CONVENIMIENTO realizado en fecha Veintidós (22) de Enero de 2.009, por la ciudadana JOHANA DEL CARMEN CASTILLO GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 12.871.301, asistida por la Abogada en Ejercicio MARIA ANTONIETTA VILCHEZ OLIVARES, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 108.169. Igualmente, presente la ciudadana MARLENE LEÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.- 5.815.345, asistida por la Abogada en Ejercicio SARA ELENA LEÓN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 21.726, este Tribunal considerando que lo transado por los intervinientes en la causa no lesiona derechos fundamentales protegidos por la Constitución Nacional ni ley especifica alguna, procede a impartir la aprobación que se le requiere y en consecuencia HOMOLOGA CONVENIMIENTO, antedicho en los términos y condiciones expuestas, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros.- Así se resuelve.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-
Este Tribunal ordena la remisión del expediente al ARCHIVO JUDICIAL.- Remítase.-
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del Articulo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y 1384 del Código Civil.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los Veinticinco (25) días del mes de Julio de Dos Mil Once (2.011).- Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
EL JUEZ TEMPORAL,
ABOG. CARLOS MÁRQUEZ CAMACHO.- LA SECRETARIA,
MARÍA ROSA ARRIETA FINOL.-
En la misma fecha, se dictó y publicó la anterior resolución signada con el Nro. _____.-
LA SECRETARIA,
MARÍA ROSA ARRIETA FINOL.-
CMC/mc*.-
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