EXP-4327-11 Sent-11.147
JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-
Maracaibo, ocho (08) de Julio de 2011.
201° y 152°.-
Recibida de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Poder Judicial del Estado Zulia la anterior Solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, conjuntamente con sus anexos, constantes de catorce (14) folios útiles. En virtud de la entrada en vigencia de la Resolución No. 2009-0006, de fecha 18-03-09, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial No. 39.152, de fecha 02-04-09, es competente este órgano jurisdiccional para la tramitación procesal de este asunto. Désele entrada, fórmese expediente y numérese. Se admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la mencionada solicitud presentada por la ciudadana FANNY MIREYA FERRER DE TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No V-2.867.417, con domicilio en esta ciudad y Municipio San Francisco del Estado Zulia, asistido en ese acto por la Abogada en ejercicio YETZY BERRUETA GUTIERREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 67.684, y solicita se le declaren las anteriores diligencias, titulo suficiente que le acrediten a ella, ya identificada, ut supra, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de su difunto cónyuge, RIGOBERTO JOSÉ TORRES PERDOMO, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.098.306, fallecido ab-intestato el día siete (07) de Abril de 2011, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia de la acta de defunción No 59, expedida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Antonio Borjas Romero del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, que corre inserta a los folios 8 y 9 de la presente solicitud, en copia debidamente certificada. Ahora bien, la solicitante además acompañó los siguientes recaudos: copia certificada del acta de Matrimonio del difunto RIGOBERTO JOSÉ TORRES y de la solicitante FANNY MIREYA FERRER, signada bajo el No 140, expedida por el Concejo del Municipio Maracaibo del Estado Zulia; inserta al folio 11 de esta solicitud; copias fotostáticas de las cédulas de identidad de la solicitante y el difunto; y justificativo de testigos, evacuado por ante la Notaría Pública del Municipio Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, de fecha (29) de Junio del año 2011, que corre inserta a los folios 5 y 6, donde los ciudadanos ANASTACIA MARIA TIGRERA DE SEMPRUN y MERVIL ENRIQUE MEDINA, plenamente identificadas en dicho instrumento, están contestes y conformes con el interrogatorio al cual fueron sometidos; en vista de lo expuesto en la solicitud y de los documentos ya identificados, es por lo que se constata la filiación que existe entre la solicitante, con su extinto cónyuge y por considerar que la documentación es suficiente para otorgar lo solicitado, es por lo que esta Juzgadora le da pleno valor probatorio a los mismos. En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICA UNIVERSAL HEREDERA del de-cujus RIGOBERTO JOSÉ TORRES PERDOMO, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.098.306, fallecido ab-intestato el día siete (07) de Abril de 2011, domiciliado en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a su esposa ciudadana FANNY MIREYA FERRER VIUDA DE TORRES, plenamente identificada ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada, dejándose previamente certificadas en las actas todas y cada una de las actuaciones. ASÍ SE DECLARA.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a los ocho (08) días del mes de Julio del año dos mil once.- 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
Abog. ALEJANDRINA ECHEVERRIA CORONA
JUEZA TEMPORAL
LA SECRETARIA,
Abog. MARIANNE ALARCON APONTE
En la misma fecha, siendo las once de la mañana (11.00 a.m), se dicto y publicó bajo el No. 11.147.-
LA SECRETARIA,
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