REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


Juzgado Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia

En horas de Despacho del día de hoy, Veintiocho (28) de Julio del año dos mil Once, siendo las Diez de la mañana (10.00Am), de conformidad con lo acordado, se traslado y constituyó éste JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS, por solicitud de la parte Ejecutante, en la Oficina de Recursos Humanos de la Empresa OYDECA, Ubicada en la Calle Amparo, Sector Las Lomas, entre la avenida 63,en la clínica La Sagrada Familias, nivel sótano, municipio Maracaibo del Estado Zulia, , a objeto de llevar a efecto la medida Preventiva de Embargo, decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL No. 1, en el expediente signado con el No.20055, contentivo de OBLIGACION DE MANUTENCION incoado por la ciudadana ANA FRANCISCA SULBARAN RIVAS, portadora de la cédula de identidad No.8.505.741, en contra del Ciudadano ALFREDO RAFAEL TORRES HERNANDEZ, portador de la cédula de identidad No. V-22.144.995, en beneficio del niño XXXXXXXXXXXXX..- Seguidamente se procedió a notificar del traslado y constitución del tribunal al ciudadano (a) ELEANYS BRICEÑO, titular de la cédula de identidad No. 13.830.098, quién se identifico con el carácter de: ADMINISTRADORA. Acto seguido esta juzgadora le informa al notificado que el tribunal de la causa decretó Medida Preventiva de Embargo sobre: A) El Veinte por ciento (20%) del sueldo, vacaciones o bono vacacional, aguinaldos, bonificación especial de fin de año que devenga el ciudadano ALFREDO RAFAEL TORRES HERNANDEZ, , portador de la cédula de identidad No.22.144.995, B) El Cien por ciento (100%) sobre primas por hijos, útiles escolares y juguetes. C) El Veinte por ciento (20%) sobre cualquier otro concepto que pueda corresponderle al ciudadano arriba indicado. De inmediato este TRIBUNAL CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y dándole cumplimiento a lo decretado por el tribunal comitente, EMBARGA PREVENTIVAMENTE LOS CONCEPTOS SEÑALADOS EN LOS LITERALES A, B, y C, deberán ser entregadas directamente a la solicitante de autos ciudadana ANA FRANCISCA SULBARAN RIVAS, portadora de la cédula de identidad No. 8.505.741, o deberá ser remitida en Cheque de Gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, JUEZ UNIPERSONAL No. 1.- Asi mismo Se le informa que Solo se reciben Cheques los días MARTES Y JUEVES.- EXPEDIENTE 20.055. De igual manera se le informa que las cantidades embargadas deberán ser retenidas a partir de este momento. En este estado, el notificado expone: “ Me doy por notificado de la medida de Embargo practicada a reserva de verificar : PRIMERO: Si el demandado es o no trabajador de esta INSTITUCION; SEGUNDO: La existencia de cualquier otra medida preventiva o ejecutiva practicada con anterioridad a la presente; TERCERO: Sin perjuicio de los derechos y recursos que pueda alegar y ejercer al propio demandado.- Concluidas la actuaciones de rigor del acto que se practica, esta juzgadora ordena expedir copia de la presente acta a la persona notificada. La presente actuación no causó ningún tipo de arancel, tasa o emolumento alguno en cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, artículos 254 y 26, y Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes articulo 9. Terminó se leyó y conformes firman, concluyó el acto, siendo las 10:30 a.m.
LA JUEZA
Msc. ZIMARAY CARRASQUERO
EL (LA) NOTIFICADO (A)

LA SECRETARIA:

Abog. LINDA AVILA NUÑEZ.

ZC/nf.
Comisión 5124-11.
Expediente No. 20.055