Comisión N° 3556/2011
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
201° Y 152°
En el día de hoy, viernes primero (01) de julio del año dos mil once (2011), siendo las nueve horas de la mañana (09:00 a.m.), fecha y hora de constitución de este Juzgado, siendo la oportunidad fijada, para llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, decretada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el Juicio que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL, sigue el ciudadano VINICIO DE JESÚS GONZÁLEZ FUENMAYOR, portador de la Cédula de Identidad N° V-4.151.754, en contra de la ciudadana MARTINA DEL CARMEN YEPEZ SUAREZ, portadora de la Cédula de Identidad N° V-3.774.913, llevado en el expediente N° 44819, de la nomenclatura correspondiente al mencionado Tribunal de la Causa; se trasladó y constituyó este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la dirección señalada por la parte actora, específicamente en la sede donde funciona el Instituto SISTEMA REGIONAL DE SALUD, ubicado geográficamente en la Avenida Universidad, diagonal a Grano de Oro, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Inmediatamente se procedió a notificar de la Misión del Tribunal al ciudadano (a) Janeth Barrueta venezolano (a), mayor de edad, portador (a) de la Cédula de Identidad N° 7.603.414 en su condición de Abogada del mencionado Instituto, a quien se le impuso del contenido dispositivo de la presente ejecución. Seguidamente, este Tribunal Ejecutor de Medidas procede a identificar los conceptos a embargar preventivamente, señalados en el Despacho Comisorio, los cuales se describen a continuación: Se ordena retener: UNICO: EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las prestaciones sociales que pudieran corresponderle a la ciudadana MARTINA DEL CARMEN YEPEZ SUAREZ, portadora de la Cédula de Identidad N° V-3.774.913, como empleada del Ministerio del Poder Popular para la Salud, antes Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, como Licenciada en Trabajo Social, durante el tiempo que duró la unión matrimonial con el ciudadano VINICIO DE JESÚS GONZALEZ FUENMAYOR, antes identificado, es decir desde el día 21 de diciembre de 1974, hasta el 09 de noviembre de 1994.- En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: FORMALMENTE EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, el concepto antes señalados y descrito en esta acta, así como las cantidades derivadas de dicho concepto en la proporción señalada y en consecuencia declara consumada la Desposesión Jurídica del Ejecutado. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, en ejercicio de su Potestad Jurisdiccional, le hace saber a la (el) representante de la (el) Notificado (a), lo siguiente: Que las cantidades a retener derivadas del concepto establecido en el literal “UNICO” deberán ser remitidas en la figura de Cheque de Gerencia a la orden del Tribunal de la Causa, es decir, JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-Se deja constancia, que el (la) representante de la Notificada, manifestó darse por notificado (a), a reservas de verificar si la ciudadana demandada, antes identificado, presta o prestó servicio para el Instituto que representa. Siendo las nueve y treinta horas de la mañana (09:30 am.). Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.------
EL JUEZ,
ABG. GUSTAVO ORTIGOZA ATENCIO
EL (LA) NOTIFICADO (A),
LA SECRETARIA,
ABG. MARINELLY VEGAS GUTIÉRREZ
GOA/mvg/ori*
C- 3556/2011
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