REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios
Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla
Circunscripción Judicial del Estado Zulia
COMISION No. 5.120.-
En el día de hoy, 14 de Julio del año dos mil once, siendo las 10:30 AM, de conformidad con lo acordado, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en la sede de la Empresa Construcciones y Proyectos del Zulia, C.A, ubicada en la avenida 2 El Milagro, Edificio Centro Comercial Caribe, Local No. 2 Planta Alta, al frente del paseo del Lago, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, objeto de llevar a efecto la medida preventiva de Embargo decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP: No. 19766. Con motivo del Juicio de OBLIGACION DE MANUTENCION seguido por la ciudadana CARMEN MARIA GUZMAN MARVAL, portadora de la Cédula de Identidad No. 8.346.749, a favor del XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en contra del ciudadano HENDER ALEXANDER GODOY GODOY, portador de la Cédula de Identidad No. V-11.297.723.- En este estado presente el ciudadano (a): ANDREINA GONZALEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 12.457.659, quién se identifico con el carácter de ADMINISTRADORA. El Tribunal le notificó que el Juzgado de la causa decretó MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del salario integral, que devenga el demandado como Ingeniero de la Empresa Construcciones y Proyectos del Zulia C.A.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) SOBRE Utilidades, bonificaciones, vacaciones y cualquier otro concepto que le pueda corresponder al referido demandado, como Ingeniero de la Empresa Construcciones y Proyectos del Zulia, C.A.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre la totalidad de las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Fideicomiso.- Las cantidades a retener en los establecidas en los literales “A. B”, deberán ser entregados directamente a la ciudadana CARMEN MARIA GUZMAN MARVAL, portadora de la Cédula de Identidad No. 8.346.749 o remitidos al Juzgado de la causa siendo que el establecido en el literal “C” deberá ser remitidas en Cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO – JUEZ UNIPERSONAL No. 01. EXP. No. 19766. Solo se reciben Cheques MARTES Y JUEVES. Asimismo se ordena informar al Juzgado de la causa sobre el sueldo básico, bono vacacional, primas por hijos o cualquier otro beneficio que perciba mensual o anualmente el reclamado de autos, e indicar de manera detallada las deducciones que recaen sobre los sueldos del referido demandado. ESTE TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE las siguientes cantidades: A) EL VEINTE POR CIENTO (20%) del salario integral, que devenga el demandado como Ingeniero de la Empresa Construcciones y Proyectos del Zulia C.A.- B) EL VEINTE POR CIENTO (20%) SOBRE Utilidades, bonificaciones, vacaciones y cualquier otro concepto que le pueda corresponder al referido demandado, como Ingeniero de la Empresa Construcciones y Proyectos del Zulia, C.A.- C) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre la totalidad de las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Fideicomiso.-En este estado el (la) notificado (a), anteriormente identificada con el carácter antes indicado, expuso: En nombre de mí representada, me doy por notificado (a) de la presente Medida, a reserva de verificar si el ciudadano demandado, antes identificado presta o prestó servicios para la Empresa que represento, a los fines de dar perfecto cumplimiento a la medida decretada por el Juzgado de la causa de las cuales doy a mi representada por notificada. Este Tribunal Ejecutor deja expresa constancia de que no ha recibido pago ni dadiva alguna en el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con lo establecido los artículos 26, 254 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y el Artículo 9° de la Ley Orgánica de Protección del Niños, Niñas y Adolescente, y, así lo hacen constar las partes intervinientes.- Se ordena expedir copia de la presente Acta y su entrega a la persona notificada. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo 10:35 AM.
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. SENOVIA URDANETA
EL NOTIFICADO (A) EL SECRETARIO:
ABG. ANIBAL A. PERNIA P.
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