El día de hoy, Ocho (08) de Julio del año Dos Mil Once (2011), siendo las 1:05 de la Tarde se traslado este órgano ejecutor de medidas en el día y hora fijados para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo preventiva decretada en el Juicio de DIVORCIO seguido por YUSMARY JOSEFINA FERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N°V-5.837.637 en contra del ciudadano NEPTALI JOSE VILLALOBOS GUERRA, Titular de la cedula de identidad N° V-7.603.912 por ante el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo y para lo cual fue Comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la apoderado(a) judicial de la parte demandante Abogado(a) en ejercicio: CARLOS INCIARTE RIOS, Titular de la cedula de identidad N° V-15.464.560 e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 83281 se constituyó, siendo las 1:45 de la Tarde este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede de la Empresa PRODUCTORA DE ALCOHOLES HIDRATADOS, C.A (PRALCA) ubicada en: La Avenida Principal Pedro Lucas Urribarri sector Punta Camacho municipio Santa Rita del estado Zulia.- Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano(a):ALFREDO ENRIQUE DUARTE, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad numero: V-4.150.323.- En su carácter de: GERENTE DE RECURSOS HUMANOS Y SERVICIOS de la mencionada PRODUCTORA DE ALCOHOLES HIDRATADOS, C.A (PRALCA) - En este estado presente la apoderada judicial de la parte actora antes identificada expuso: Señalo al tribunal para que sea embargada preventivamente PRIMERO: EL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del SALARIO INTEGRAL, BONOS, UTILIDADES así como sobre EL CIEN POR CIENTO (100%) DE LAS PRESTACIONES SOCIALES Y FIDEICOMISO ENTENDIDO COMO LOS INTERESES DE LAS PRESTACIONES SOCIALES que le pueda corresponder al ciudadano NEPTALI VILLALOBOS GUERRA, titular de la cedula de identidad N° V-7.603.912, a partir del 21 de noviembre de 1989.- Las cantidades de dinero embargadas deben ser remitidas en cheque de gerencia a la orden del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo.-
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