REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, uno de julio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: OP02-V-2011-000029
Solicitante: RANCES DEL JESUS GONZALEZ GONZALEZ venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V15.895.693-

Asistencia legal: Fidel Lárez, Inpreabogado N°121.478

Beneficiaria: (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA), de cinco (05) años de edad.

Motivo: (Desistimiento)

Se inicia la presente solicitud de DIVORCIO CONTENCIOSO por el ciudadano RANCES DEL JESUS GONZALEZ GONZALEZ venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V15.895.693, debidamente asistido por el abogado, con el fin de demandar la disolución del vínculo que lo une con la ciudadana VANESSA DEL VALLE ROMERO, titular de la cédula de identidad N° V-16.547.351. Ahora bien, por cuanto en fecha 28 de junio de 2011, el referido ciudadano debidamente asistido de abogado, procede a consignar desistimiento del presente procedimiento. Analizadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto y leído el contenido de la diligencia de fecha 28-06-2011, en donde se Desiste del presente procedimiento, esta Jueza Quinta de Primera de Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta conforme al contenido de los Artículos 263 y 266 del Código de Procedimiento Civil, y visto que la parte demandada no fue notificada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA DICHO DESISTIMIENTO en los términos expuestos por el precitado ciudadano, considerándolo como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada. Devuélvanse los originales que constan en autos.-

Publíquese, regístrese. Dada, firmada y sellada en el Tribunal Quinto de Primera de Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, con sede en la Ciudad de La Asunción, al primer (01) día del mes julio del año Dos Mil Once (2.011). Años 201º de la Independencia y 152º de La Federación.-
La Jueza

Liz Verónica López M
El Secretario
Merlyn Prieto
En esta misma fecha, a las 11:25 A.m, se publicó la presente sentencia y se dio cumplimiento a lo ordenado en ella.
El Secretario
Merlyn Prieto