REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta
La Asunción, veintisiete de julio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: OP02-J-2011-001203
MOTIVO: SOLICITUD DE DECRETO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Revisada como ha sido el contenido de la solicitud presentada por la ciudadana ELEUTERIA DEL CARMEN FUENTES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.896.361, debidamente asistida por el Dr. Diógenes Carreño Rodríguez, Defensor Publico Tercero de Protección, mediante la cual ocurre ante esta autoridad para solicitar se declare a sus hijos (IDENTIDAD OMITIDA), como UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JOSE FELICIANO SALGADO FERMIN fallecido en fecha 12/06/2011, titular de la Cédula de Identidad N: V-10.195.282. Concluida la evacuación de las testimoniales de los ciudadanos promovidos como testigos, evidenciándose que fueron contestes en sus dichos y les constan los hechos referidos por la solicitante, y revisadas como han sido las pruebas documentales aportadas en autos, en tal virtud, esta Jueza considera procedente y ajustado a derecho la Solicitud presentada por la precitada ciudadana. En consecuencia, cumplidos como han sido los extremos previstos en nuestro ordenamiento jurídico, es por lo que esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la Autoridad que le confiere la Ley y de conformidad con lo establecido en el literal “K” del Parágrafo Segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo previsto en el artículo 517 ejusdem y Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud incoada por la ciudadana ELEUTERIA DEL CARMEN FUENTES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 15.896.361, actuando representación de sus hijos (IDENTIDAD OMITIDA), debidamente asistida del Dr. Diógenes Carreño Rodríguez, Defensor Publico Tercero de Protección. Así se Establece.

SEGUNDO: Se DECRETA como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano JOSE FELICIANO SALGADO FERMIN, titular de la cédula de identidad N° V-10.195.282 fallecido en fecha 12/06/2011 a sus hijos (IDENTIDAD OMITIDA), dejándose a salvo derechos de terceras personas, a tenor de lo consagrado en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Entréguese originales de las presentes actuaciones a la parte interesada, y tantas copias certificadas como requieran, dejándose copia certificada de la misma en el archivo de este Tribunal. Así se Establece.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, a los veintisiete (27) días del mes de Julio del año dos mil once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza
La Secretaría
Abg. Luisana Marcano V
Abg. Yiseida Mora


Siendo las 3:28 pm se agrega a las actas la presente decisión. Conste.
La Secretaría