REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Nueva Esparta
La Asunción, Once (11) de Julio de dos mil once (2011).
200º y 152º
ASUNTO: OP02-L-2010-000495.-
ACTA
Parte Actora: Ciudadana DACCY JOSEFINA IZARRA RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro 4.718.258.-
Apoderadas de la Parte Actora: Abogados en ejercicio LUIS ARTURO MATA ORTIZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 31.42 4.-
Parte Demandada: CONDOMINIO RESIDENCIAS ALEXANDRE I, debidamente Registrada por ante la oficina subalterna del Registro Publico, del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, en fecha 27 de Junio de 1996, bajo el N° 19, Protocolo I, Tomo 22, segundo Trimestre del año 1996.-
Apoderado de la parte demandada: Abogadas en ejercicio YOCEIDAN VALERA LOPEZ y YUNEIMA CORDERO, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 83.451 y 42.309, respectivamente.-
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales.-
En el día de hoy, Once (11) de Julio de dos mil once (2011), siendo las diez horas de la mañana (10:00 A.M.), oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia de Juicio en la presente causa, el Alguacil del Despacho anunció el acto en la forma prevista por la Ley, constituyéndose el Juzgado Segundo de Primera de Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, presidido por la ciudadana Jueza AHISQUEL DEL VALLE ÁVILA, procediendo la Jueza a solicitarle a la Secretaria del Juzgado ciudadana EVA ROSAS, que informara el motivo de la Audiencia, indicando ésta el motivo de la misma, dejando constancia de la incomparecencia de la ciudadana DACCY JOSEFINA IZARRA RODRIGUEZ, por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Así mismo se dejó constancia de la comparecencia de las Abogadas en ejercicio YOCEIDAN VALERA LOPEZ y YUNEIMA CORDERO, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 83.451 y 42.309, respectivamente, en su carácter de Apoderadas Judiciales del CONDOMINIO RESIDENCIAS ALEXANDRE I, en este sentido la Jueza señaló: “Vista la incomparecencia de la parte actora DACCY JOSEFINA IZARRA RODRIGUEZ, por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno a la presente audiencia de juicio de conformidad con lo previsto en el articulo 151 de la Ley Orgánica Procesal Del Trabajo en su segundo aparte este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo De La Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDA la presente acción.-
La Jueza,
Dra. AHISQUEL DEL VALLE AVILA,
Apoderadas Judiciales De la Parte Demandada
La Secretaria,
AA/yvr.-
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