REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
La Asunción, ocho (08) de julio de dos mil once (2011).-
Años: 201º y 152º

ACTA DE AUDIENCIA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
N° DE EXPEDIENTE: OP02-L-2011-000157
PARTE ACTORA: LIUADIS DE LOS ANGELES LEON (no asistió).
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ANTONIO RAMÓN ACOSTA NUÑEZ (no asistió).
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA AGROPECUARIA MARGARITA, C.A. e INVERMATA, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: GERMÁN MARCANO ABREU y ANDRY GAETANO LA TERZA PIRELA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, ocho (08) de julio de dos mil once (2011), siendo las nueve y cuarenta y cinco minutos de la mañana (09:45.a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en la causa distinguida bajo el No. OP02-L-2011-000143, se constituye el Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la Juez ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ, con la asistencia de la Secretaria Abogada ZAIDA CAMEJO RODRÌGUEZ. Anunciándose la realización de dicho acto en las puertas de este Tribunal, se deja constancia de la comparecencia por la parte demandada, Empresa DISTRIBUIDORA AGROPECUARIA MARGARITA, C.A. e INVERMATA, C.A.; del Abogado en ejercicio GERMÁN ENRIQUE MARCANO ABREU, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 72.092, en su carácter de Apoderado Judicial, según se evidencia de Poderes Apud-acta debidamente presentados ante este Juzgado en fecha 17-05-2011. En este estado, el Tribunal deja constancia de la no comparecencia a esta Audiencia de la parte demandante, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Publíquese, Regístrese la presente decisión.-
LA JUEZ.,

Dra. ELIDA SUÁREZ VELÁSQUEZ.-
LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA.,
ABG. ZAIDA CAMEJO RODRÌGUEZ.-
ESV/Zcr/er.-