ACTA
N° DE EXPEDIENTE PRINCIPAL: NP11-L-2.010-89

PARTE ACTORA: Ciudadano ALEXANDER MACARI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n° 8.353.439.

APODERADO JUDICIAL: Abogados ERASMO HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.245.

PARTES DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO MATURIN.

APODERADO JUDICIAL: Abogados SANDRA SOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 127.222.


MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día de hoy 12 de julio de 2011, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia Preliminar, comparecieron el ciudadano ALEXANDER MACARI, asistido del abogado YASMORE PEÑA, en su carácter de apoderado judicial del accionante, también compareció la abogado SANDRA SOSA, apoderado judicial de la demandada. Por una parte, la parte accionante solicita que le paguen por prestaciones sociales originadas de su relación laboral con la demandada, por la cantidad de Bs. 71.424,89; por otra parte demandada expone: Una vez revisado la petición del accionante y revisados los cálculos aritméticos realizados en esta audiencia, de la misma se evidenció que se efectuaron pagos al accionante los cuales fueron reconocidos por el actor y con el animo de finalizar el presente juicio ofrezco la cantidad única de Bs. 25.000,00 pagaderos en una sola parte para el día 26 de julio de 2011. El accionante manifiesta que acepta el ofrecimiento realizado por la parte demandada, en conocimiento de los cálculos realizado en las diferentes audiencias. El Tribunal señala que el pago antes referido debe consignarse por ante la Oficina de Control de Consignaciones de la Coordinación del Trabajo.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluida la Audiencia Preliminar y por cuanto el presente acuerdo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL.
LA JUEZA

ABOG. MARILEUDIS GALLARDO T.
LAS PARTES COMPARECIENTES.
EL SECRETARIO