República Bolivariana De Venezuela
En su Nombre
Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas.
Maturín, 19 de julio de 2011.-
201º Y 152º
SOLICITANTES: ROSA VIRGINIA LOPEZ LEONET, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: 14.253.323
MOTIVO: INCOMPETENCIA POR LA MATERIA.
SOLICITUD:(1.469)
Vista la presente solicitud presentada por ante el Tribunal Distribuidor de Municipios la cual tiene como parte a la ciudadana identificada en el encabezamiento de la presente decisión, se puede verificar que la parte actora señala al Tribunal en los particulares a que se hace referencia en la presente solicitud que las bienhechurías se encuentran enclavadas en un terreno ejido municipal, ubicados en la población de la CURVA DE PUEBLO NUEVO DE OROCUAL Municipio Maturín del Estado Monagas… Ahora bien de la revisión realizada al justificativo se evidencia que los testigos que presente la parte interesada van a rendir su declaración sobre una extensión de terreno de DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMETROS (2.888,99 mts2), cuyos linderos son los siguientes Norte: cien metros (100mts) Sur: noventa y siete metros (97mts). Este: treinta metros (30mts) y Oeste: veintinueve metros (29mts) a los cuales las bienhechurías está alinderada del modo siguiente Norte: casa que es fue del ciudadano Gabriel Blanco. Sur: casa que es o fue del ciudadano Javier Pérez. Este: casa que es o fue de la ciudadana Irma Rodríguez. Oeste: con calle principal, la bienhechuría se encuentra localizada en la población La Curva de Pueblo Nuevo de Orocual, Municipio Maturín del Estado Monagas. El bien inmueble tiene un valor aproximado de VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs.20.000,00)… OMISISS
Según los alegatos expuestos por la solicitante; el caso que nos ocupa encuadra perfectamente en materia de Orden Público absoluto; por cuanto a las bienhechurías que se encuentran enclavadas en la ubicación arriba señalada constituyen una gran extensión de terreno y por el lugar señalado por la solicitante del sitio donde se encuentra ubicada el lote de terreno constituye esto un hecho notorio que la ubicación exacta es en la población La Curva de Pueblo Nuevo de Orocual, Municipio Maturín (rural) del Estado Monagas, por lo que mal podría este Tribunal darle el curso legal correspondiente a la peticionado sobre el justificativo de testigos, a los fines de que rindan declaración sobre el contenido de la mencionada solicitud, por estar ésta reglada en la Ley de Tierras y debe ser por ante los Tribunales con competencia en la materia Agraria que se debe tramitar el menciono pedimento siendo importante resaltar que forma parte de la garantía constitucional de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva, no sólo el poder llegar hasta el órgano jurisdiccional para solicitar la solución del conflicto, sino que es integrante de esta garantía el derecho que tiene la parte a que se le dé respuesta a su petición, si la precisión puede sacarse de lo contenido en el escrito de solicitud presentado ante el Juez para su valoración, podría ser violatorio de la garantía mencionada la cual se consagra en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 26 y no podía el Juez en atención a este precepto constitucional, conformarse con establecer que no tiene materia sobre la cual decidir y no emitir un pronunciamiento motivado sobre la Negativa de lo peticionado por quien pretende accesar a la administración de Justicia porque de hacerlo incurriría, en flagrante contravención con lo dispuesto en los artículos 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
En atención a todos los criterios anteriormente explanados este Tribunal Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara Incompetente en virtud de la materia y Declina la competencia al Juzgado de Primera Instancia Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, por ser este el Tribunal competente para conocer en razón de la materia.-
REGISTRESE, PÚBLIQUESE Y DEJESE COPIA.
Dado firmado y sellado en la sala del Despacho Tribunal Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas a los 19 días del mes de julio del año 2011.- Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
EL JUEZ TITULAR
Abg. LUIS RAMON FARIAS GARCIA
LA SECRETARIA:
ABG: GUILIANA ALEXA LUCES ROJAS.-
En la misma fecha, siendo las (02:10 pm), se publicó la anterior sentencia autónoma resuelta.-
LA SECRETARIA:
ABG: GUILIANA ALEXA LUCES ROJAS.-
ABG. LRFG/TC
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