REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. VEINTICINCO (25) DE JULIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.
201º y 152º

Vista la diligencia que antecede, debidamente suscrita por la Ciudadana LUCIA VICTORIA CESIN, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio BESAIDA PEREZ, plenamente identificadas en autos, mediante el cual solicita a este Tribunal que ordene al Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas darle cumplimiento a la orden dada en la comisión remitida por este Tribunal en fecha veintisiete (27) de Abril del año 2.001, en lo que respecta a la Medida Cautelar Innominada dictada en esa misma fecha la cual versa en el sentido de que se ordene la restitución de la posesión del inmueble controvertido, observando esta Juzgadora que no consta en autos respuesta alguna por parte del Juzgado comisionado a los fines de sustentar lo dicho por la Ciudadana LUCIA VICTORIA CESIN; siendo así mal podría este Tribunal pronunciarse sobre algo que desconoce, motivo por el cual niego lo supra solicitado y así se declara.-



ABOG. YOHISKA MUJICA LUCES

LA JUEZA TEMPORAL



ABOG. RONILUZ MARIÑO

LA SECRETARIA TEMPORAL
Exp N° 32.491
Ely.-