REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 29 de Julio de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-001927
ASUNTO : NP01-P-2011-001927

AUTO ORDENANDO RECONSTRUCCION

Por cuanto en la presente fecha, el presente asunto NP01-P-2011-001927, seguido contra la ciudadana Danitza del Valle Marcano, Venezolano, de 42 años de edad, Estado Civil: Soltero, hijo de: Desideria Márquez (V) y de Armando Marcano (V), nacido en fecha 05/08/1968, sin documentación alguna pero manifestó ser titular de la cédula de identidad Nº V-10.295.432, domiciliada en: calle Real de las Malvinas Casa S/N Cerca de la Cancha Caripito Municipio Bolívar Estado Monagas, ha sido imposible la realización de la respectiva ejecución evidenciándose del sistema juris 2000, que en fecha 22 de Junio del 2011, fue distribuido a este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución, la referida causa hasta el día de hoy veintinueve (29) de Julio del año que discurre no se ha podido ubicar el físico a pesar que se le informó a la Coordinación del Pool de Secretarios quien procedió a la búsqueda del mismo en las instalaciones de este Circuito Judicial Penal siendo infructuosa la misma; verificándose que efectivamente el referido asunto penal no aparece físicamente, es por lo que este Juzgado ORDENA LA RECOSNTRUCCION DEL REFERIDO ASUNTO PENAL A LA BREVEDAD POSIBLE; a los efectos, ábrase carátula con la nomenclatura asignada y que le corresponde según el sistema informático JURIS 2000 y se ordena reproducir del sistema juris, previa certificación, a los fines de proceder a la ejecución y computo de la pena que fuere recaída en contra de la penada de marras. Asimismo, se solicita al Fiscal Superior del Estado Monagas, la apertura de la correspondiente averiguación en vista de la pérdida del asunto penal en cuestión. Líbrese lo conducente.
LA JUEZ

ABOG. ISPED NARANJO SUAREZ

LA SECRETARIA

ABOG. INES SOFIA GOMEZ SILVA