ACTA

N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-001094

PARTE ACTORA: JESUS SOTO

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Abogados MÓNICA TORRES Y GIUSEPPE BOVE BOVE, Inpreabogados N° 60.590 y 117.277 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A.

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado Gustavo Alviarez Finol, Inpreabogado N° 142.904.

MOTIVO: Diferencia de Prestaciones Sociales

En el día hábil de hoy, 22 de Julio de 2011, siendo las 9:32 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Se deja constancia que se encuentra presente la parte demandada PRECISION DRILLING DE VENEZUELA, C.A. debidamente representada por el apoderado judicial abogado Gustavo Alviarez Finol. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 y 201.
La parte demandada consigna instrumento poder original en tres (3) folios para su vista y devolución y copia fotostática simple en cuatro (4) folios para agregar al expediente.

El Juez

Abog. Antonio Barroso

La Secretaria

Los Presentes: