REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, catorce de julio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: VP01-S-2005-000603
Visto el oficio G.G.L.-C.A.L. N° 001253 de fecha 14/06/2.011 emanado de la Gerencia de Litigio de la Coordinación de Asuntos Laborales de la Procuraduría General de la República donde solicita al Tribunal se reponga la causa al estado de volver a notificar de la admisión de la demanda a la ciudadana Procuradora General de la República de conformidad a lo preceptuado en los artículos 81 y 82 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica. Este Juzgado Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Laboral con fundamento en la solicitud hecha, repone la presente causa incoada por la ciudadana SACHA LOPEZ PINEDA contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del Ministerio Del Poder Popular para Educación Universitaria al estado de notificar de la admisión de la demanda a la ciudadana Procuradora General de la República de conformidad a lo preceptuado en los artículos 81 y 82 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica. Notifíquese.
El Juez
Abog. Antonio Barroso
La Secretaria