REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (6) de Julio de Dos Mil Once (2011)


N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2010-001971
PARTE ACTORA: MARILYN IVONNE BORJAS PARRA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MARLYN URDANETA
PARTE DEMANDADA: SERVICIO AUTÓNOMO DE VIALIDAD DEL ESTADO ZULIA (SAVIEZ)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: OSCAR ALCALA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy,6 de Julio de 2011, siendo las 3:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos abogada MARLYN URDANETA actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana MARILYN IVONNE BORJAS PARRA y SERVICIO AUTÓNOMO DE VIALIDAD DEL ESTADO ZULIA (SAVIEZ) representado por su apoderado judicial abogado OSCAR ALCALA , quienes han llegado al siguiente acuerdo, la representación judicial de la demandada ofrece pagar en este acto la cantidad de Seis mil quinientos noventa bolívares con setenta céntimos (Bs. 6.590,70) mediante cheque del banco Occidental de descuento consignado en este acto autorización a los fines de celebrar el presente acto la cual se agrega a las actas que conformen el presente asunto, la representación judicial de la trabajadora manifiesta estar de acuerdo con el ofrecimiento con el cual quedan satisfechas sus pretensiones y los conceptos reclamados en el libelo de la demanda; visto el acuerdo al cual han llegado las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal Quinto de primera instancia de sustanciación, mediación y ejecución del trabajo de la circunscripción judicial del estado Zulia en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
Se deja constancia que fueron devueltos los instrumentos probatorios consignados por las partes y se ordena el archivo definitivo del presente asunto.
El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa



Los Presentes