REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, (18) de Julio de Dos Mil Once (2011)


N° DE EXPEDIENTE: VP01-L-2011-001034
PARTE ACTORA: DANNY JOSE GONZALES CAMARILLO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MÓNICA TORRES
PARTE DEMANDADA: PRECISION DRILLING DE VENEZUELA C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: GUSTAVO ALVIAREZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 18 de Julio de 2011, siendo las 9:15 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, presente el abogado GUSTAVO ALVIAREZ actuando en su condición de apoderado judicial de la demandada sociedad mercantil PRECISION DRILLING DE VENEZUELA C.A, quien consigno documento poder en copia simple el cual se agrega a las actas que conforman el presente asunto, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 y 201.

El Juez

La Secretaria

Abog. Alexis Figueroa



Los Presentes