Sent. Int Causas No. 33
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO - JUEZ UNIPERSONAL No. 3
Maracaibo, 8 de febrero de 2011
200º y 151º
Visto el contenido del escrito de solicitud de medidas preventivas anterior, de fecha 07 de febrero de 2.011, suscrito por la ciudadana Haydee Josefina González Castillo, portadora de la cédula de identidad No. V- 9.764.346, asistida por la Abg. Mgs. Lisbeth Bracamonte Fuentes, actuando con el carácter de Defensora Pública Tercera Especializada con competencia en el Área de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien a su vez actúa en interés y beneficio único del adolescente XXXXXXXXXXX, este Tribunal acuerda el desglose de la referida solicitud y procede a formar la respectiva pieza de medidas otorgándole la misma numeración de la pieza principal.
En consecuencia, a fin de asegurar el cumplimiento de la obligación de manutención, tal como lo dispone el Artículo 381 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, y tomando en consideración que en actas no reposa la constancia de la capacidad económica del demandado, necesaria para calcular el monto de la Pensión de manutención mensual en salarios mínimos, tal como lo establece el 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (en adelante LOPNA), este Juzgador haciendo uso de las atribuciones que le confiere la ley para garantizar las mismas, y actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 351 y 521 de la LOPNA, este último el cual establece:
“El Juez, para asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaria, podrá tomar, entre otras, las medidas siguientes: a) Ordenar al deudor de sueldos, salarios, pensiones, remuneraciones, rentas, intereses o dividendos del demandado, que retengan la cantidad fijada y la entregue a la persona que se indique”
Resuelve Decretar Medida de Embargo Preventivo por obligación de manutención a favor del adolescente de autos, sobre:
a) el veinte por ciento (20%) mensual del salario que devenga el ciudadano Ángel Modesto Pacheco Ferrer, portador de la cédula de identidad No. V-12.344.177, quién se desempeña como funcionario de la Policía del Municipio San Francisco del Estado Zulia (POLISUR).
b) el veinte por ciento (20%) anual de las utilidades o remuneración especial de fin de año que le corresponden al ciudadano antes mencionado;
c) el veinte por ciento (20%) anual del bono vacacional;
d) el cien por ciento (100%) de primas por hijos, útiles escolares y juguetes, en caso que el demandado goce de estos beneficios y,
e) el cincuenta por ciento (50%) de las prestaciones sociales, fideicomiso y caja de ahorro que le pueda corresponder al referido ciudadano en caso de despido, retiro voluntario o cualquier otra causa que pueda dar fin a la relación laboral.
Las cantidades a retener en los conceptos establecidos en los literales a, b, c, d, deberán ser entregadas directamente a la ciudadana Haydee Josefina González Castillo, portadora de la cédula de identidad No. V- 9.764.346 y las correspondientes al literal “e” deberán ser remitidas a este Tribunal bajo la figura de cheque de gerencia a nombre de este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sala de Juicio- Juez Unipersonal N° 3 (RIF TSJ. G-20000030-9).
En tal sentido, de conformidad con lo establecido en el Artículo 179, literal C de la LOPNA, se ordena comisionar al Juzgado Ejecutor de Medidas Especiales de los Municipios Maracaibo, San Francisco, Jesús Enrique Losada, Mará, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a fin de que sirvan ejecutar las medidas decretadas por este Tribunal. Líbrese Despacho de Comisión y Ofíciese. Así se decide.-
El Juez Unipersonal Nº 3 Provisorio
Abg. Gustavo Villalobos Romero. La Secretaria
Abg. Carmen A. Vilchez C.
En esta misma fecha se libro despacho comisorio y se oficio bajo el Nro. 2011-400. Así mismo se registro el libro de sentencias interlocutorias de causas bajo el Nº 33.-
La Secretaria
GVR/festrada.
EXP. 17.942
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