REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nº 3.

Maracaibo, 18 de febrero de 2011
200º y 150º

Recibida como ha sido la anterior solicitud de MEDIDAS con ocasión del Juicio por Obligación de Manutención; iniciado en esta misma fecha, interpuesto por la ciudadana Shadday Eyaluth Castillo Carrillo, portadora de la cédula de identidad N° V-18.310.263, asistida en este acto por la abogada en ejercicio Aura Rojas, inscrita en el Inpreabogado bajo el N| 52.264, en favor y beneficio de la niña XXXXXXXXX, en contra del ciudadano Juan Carlos Suárez Rosales, portador de la cédula de identidad N° V-16.607747. Désele entrada, fórmese pieza de medidas otorgándole la misma numeración de la pieza principal Nº 18010. En consecuencia, a fin de asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaría, tal como lo dispone el Artículo 521 literal “a”, en concordancia con el articulo 381 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, tal como lo establece el 369 ejusdem, este Juzgador haciendo uso de las atribuciones que le confiere la ley para garantizar las mismas, Decreta MEDIDAS DE EMBARGO PREVENTIVO, y por cuanto de actas se desprende la posibilidad de la parte demandada de cubrir las necesidades alimentarías de su hija, quien se desempeña como empleado de la empresa FOTOGRABADORA C. A, Departamento de PRE-PRENSA, ubicada en la Avenida Las Delicias con Padilla Edificio Panorama, primer piso, desempeñándose como paginador en el horario nocturno, en este sentido, ordena retener:
a) EL VEINTE POR CIENTO (20%) Mensual del salario y bonos nocturnos que devenga el ciudadano Juan Carlos Suarez Rosales, portador de la cédula de identidad N° V-16.607747, como empleado de la empresa FOTOGRABADORA C. A, Departamento de PRE-PRENSA, ubicada en la Avenida Las Delicias con Padilla Edificio Panorama, primer piso, desempeñándose como paginador en el horario nocturno
b) EL CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las Prestaciones Sociales, caja de ahorros y Fideicomiso de la totalidad de las cantidades que le correspondan;
c) EL VEINTE POR CIENTO (20%) de las utilidades o remuneración especial de fin de año que le corresponden al ciudadano antes mencionado;
d) EL CIEN POR CIENTO (100%) de los conceptos que han de corresponderles por concepto de Primas por hijos y Útiles escolares;
e) EL VEINTE POR CIENTO (20%) sobre vacaciones y/o bono vacacional, las referidas cantidades en los conceptos establecidos en los literales a, c, d, e deberán ser entregados directamente a la reclamante de autos o remitidos a este Juzgado, y las retenidas en el literal “b”, remitirlas en la figura de Cheque de Gerencia a la orden de este TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. SALA DE JUICIO - JUEZ UNIPERSONAL No. 3. En tal sentido, de conformidad con lo establecido en el Artículo 179, literal “c” de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se ordena comisionar al Juzgado Ejecutor de Medidas Especiales de los municipios Maracaibo, San Francisco, Jesús Enrique Lossada, Mara, Páez y Almirante Padilla de la circunscripción Judicial del estado Zulia, a fin de que sirvan ejecutar las medidas decretadas por este Tribunal. Líbrese Despacho de Comisión y Ofíciese. Líbrese Despacho de Comisión y Ofíciese. Así se decide.
El Juez Unipersonal No. 03 (P)

Abg. Gustavo Alfonso Villalobos Romero.
La Secretaria

Abog. Carmen Vilchez

En esta misma fecha se registró la anterior resolución en el libro se sentencia interlocutorias llevado por esta Sala bajo el Nº 113 y se oficio bajo el Nº 2011-0530

La Secretaria.
Exp. 18010
GAVR/luisa*.